La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a José Ángel S. R. a 686 años y 19 días de prisión como autor responsable de siete delitos continuados de abusos sexuales a menores de 16 años con penetración anal o bucal, cinco delitos de abusos sexuales a menores de 16 años con penetración por vía anal o bucal, dos delitos continuados de abuso sexual a menores de 16 años, un delito de abuso sexual a menor de 16 años, 98 delitos de captación y utilización de menor de edad con fines pornográficos, 74 delitos de difusión de material pornográfico a menores de edad, 25 delitos de exhibicionismo, 13 de delitos de corrupción de menores de 16 años y un delito de tenencia de pornografía infantil.
La Sala le absuelve, no obstante, de 59 delitos de ciberacoso, tres delitos de abusos sexuales y de dos delitos de corrupción de menores. El Tribunal considera probado que a través de redes sociales tales como grupos de WhatsApp, Instagram u otros, el acusado contactaba con menores de 16 años con la intención de mantener comunicaciones e intercambios de naturaleza pornográfica con los mismos.
En algunas ocasiones el acusado se hacía pasar por una chica menor de edad llamada L., con la que los menores, en la creencia de que se estaban comunicando con una chica de su edad, acababan manteniendo conversaciones crudamente libidinosas que el acusado impulsaba para producir excitación sexual.
En tal contexto, José Ángel S. enviaba al correspondiente menor fotos y vídeos de una chica menor de edad desnuda y masturbándose, y a su vez solicitaba y obtenía de los menores la remisión de fotos y de vídeos desnudos, centradas en sus genitales, y en muchas ocasiones masturbándose.
En varios de esos contactos, tras comprobar Jose Ánge S. en el curso de las conversaciones que su engaño era exitoso, y con el propósito de mantener un encuentro sexual con los menores, les proponía hacer un trío con L. y con un supuesto amigo suyo que no era sino el propio Jose Ángel.
Así, el acusado, oculto tras la falsa L., insistía a los menores que quedaran directamente con ese amigo para mantener relaciones sexuales, y ello como condición para poder quedar después con la chica. Ante la frecuente resistencia de los menores a mantener relaciones sexuales con un chico como condición para estar con L., el acusado llegó en algunos casos a ofrecer dinero o regalos a los menores para que accedieran a ello.
En el marco circunstancial descrito, Jose Ángel S. logró que algunos menores accedieran a mantener encuentros físicos con él, encuentros en los que mantuvo relaciones sexuales con los mismos. Dichas relaciones sexuales consistieron en masturbaciones mutuas, felaciones e incluso en algunos casos el acusado penetró analmente con su dedo o con su pene al correspondiente menor.
DINERO Y REGALOS
En alguna ocasión el acusado se presentaba en redes sociales como un joven menor de edad y lograba de esta manera engañar a algunos menores de 16 años con los que se intercambiaba mensajes de texto crudamente sexuales y dirigidos a provocar excitación libidinosa, así como archivos fotográficos y de vídeo en los que tanto el acusado como los menores exhibían sus genitales y se masturbaban. A través de esta vía el acusado también les proponía quedar para mantener un encuentro sexual, en algunos casos ofreciéndoles dinero o regalos para que realizaran prácticas sexuales con él. Jose Angel S. logró su propósito y en algunos casos mantuvo relaciones sexuales con menores contactados del modo descrito.
En otros casos, para lograr los mismos fines de satisfacción sexual ya señalados con menores de 16 años, Jose Angel S. se presentaba directamente ante los menores como un hombre mayor de edad y daba lugar a un intercambio de mensajes de texto dirigidos a la excitación sexual que eran acompañados con fotos y vídeos en los que tanto el acusado como los menores aparecían desnudos y masturbándose. También en este ámbito el acusado hacía propuestas a su interlocutor para concertar un encuentro sexual, que en algunas ocasiones se materializó con el manteniendo de relaciones sexuales con el menor. Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y lo Penal del TSJ de Madrid.