El exdiputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez ha solicitado este martes ante el Tribunal Supremo la suspensión provisional de la ejecución de la sentencia que le condenó por atentado a agente de la autoridad a los efectos de no privarle de la tutela judicial efectiva. Lamenta que ya «se encuentra en ejecución sin que se haya esperado a que transcurriese el plazo legalmente previsto para la interposición del preceptivo incidente de nulidad previo al recurso de amparo».
Además, en el escrito al que ha tenido acceso Europa Press, interesa que en caso de que no se acepte esa suspensión de la ejecutoria, que paralizaría su inhabilitación, se inste y se advierta a la presidenta del Congreso de los Diputados, Meritxell Batet, a que proceda a su ejecución en los términos en que viene establecido en la sentencia «sin que pueda realizar ninguna modificación de la pena impuesta».
Cabe recordar que el Supremo condenó al ya exdiputado de Unidas Podemos a la pena de prisión de un mes y quince días como autor de un delito de atentado a agente de la autoridad en una manifestación en 2014, con la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas.
La condena conlleva la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. En la sentencia, el Alto Tribunal resolvió sustituir la pena de prisión por la pena de multa de 90 días con cuota diaria de 6 euros (en total, 540 euros).
Batet decidió el pasado viernes proceder a retirar el acta de diputado a Rodríguez para ejecutar la sentencia del Tribunal Supremo después de que el presidente de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, Manuel Marchena, dirigiera un oficio a Batet pidiéndole que remitiera al Alto Tribunal el informe sobre la fecha de inicio de cumplimiento de la pena de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo impuesta al diputado canario.
Este mismo lunes, Rodríguez enviaba un requerimiento a Batet en el que por medio de cuatro preguntas le solicitaba que aclarara el motivo por el que procede su sustitución como diputado «sin procedimiento previo alguno» para privarle de su escaño, y si esa decisión ha sido «personal».
Ahora, con este nuevo escrito, la defensa reprocha ante el TS que Batet haya transformado, siendo «una autoridad no judicial», la pena impuesta en una nueva mediante la cual «se le priva de su escaño en el Congreso de los Diputados». «Se ha comenzado la ejecución sin dar pie a que mi mandante pudiese acudir a los únicos remedios previstos en nuestro ordenamiento frente a sentencias dictadas en única instancia», lamenta.
Al hilo, recalca que si bien son conscientes de que las sentencias dictadas son firmes desde la notificación, en este caso no existe una segunda instancia por lo que «mal se satisface el derecho a un proceso debido cuando se ejecuta la sentencia sin esperar a que transcurran los plazos para acudir a aquellos remedios que puedan ser efectivos».
LA CAUTELAR ANTE EL TC
Si bien fuentes de la defensa avanzaban a Europa Press que pedirían ante el TC como medida cautelar que le devolvieran el escaño mientras se resuelve sobre el fondo, la realidad es que ya en este escrito avanzan que lo harán. Ante el TS indica la defensa que cuando se llegue a dicha sede constitucional «parece claro que se estaría hablando de una tutela cautelar aparente y no real porque la pena se habría ejecutado íntegramente y el daño (…) sería ya irreparable».
Consideran que la decisión de Batet de retirarle el acta se ha tomado «con evidente invasión de competencias y desapego al principio de separación de poderes» y considera que la «perdurabilidad en el tiempo» de la sentencia es «dudosa» teniendo en cuenta los votos particulares y los derechos en juego.
Añade que en este caso no había urgencia especial para ejecutar la misma, Rodríguez ya ha perdido el escaño, máxime si se tiene en cuenta que la justicia ha tardado en dictar sentencia siete años desde que ocurrieran los hechos en 2014, y después de que se haya reconocido la atenuante de dilaciones indebidas.
LA LESIVIDAD DE LA PENA
A lo largo del escrito de 25 páginas, la defensa de Rodíguez incide en que Batet «se ha arrogado» la potestad de sustituir la pena de inhabilitación por otra de «privación del acta de diputado» que «no está prevista en el ordenamiento penal y es de mayor intensidad», y denuncia que lo hizo siguiendo la petición de Vox. «La pena impuesta y la ejecutada ni son lo mismo ni conllevan la misma lesividad», indica.
Al hilo lamenta que a la hora de adoptar «ilegalmente» la decisión de retirarle el acta, Batet no tuviera en cuanta sus derechos fundamentales ni el principio de proporcionalidad. Y tras citar el informe de los letrados que abogaba por que mantuviera el escaño, insta al Supremo a pronunciarse «sobre la intromisión de Batet en las funciones jurisdiccionales que son de la exclusiva competencia de esta esta sala».