La Audiencia Provincial de Álava ha condenado a 21 años de cárcel a un hombre por asesinar con alevosía a su mujer, a la que asestó numerosos martillazos en la cabeza para acabar con su vida, en octubre de 2017 en la localidad alavesa de Lantarón. Además, le obliga a indemnizar con 120.000 euros a cada uno de los dos hijos que tenían en común.
La sentencia considera probado que el 3 de octubre de 2017 el acusado, del que su esposa pretendía separarse, cogió uno o varios objetos contundentes, como un martillo o similares, con los que golpeó en la cabeza a su mujer, de 45 años de edad, «con intención de matarla».
Tras asestarle varios golpes, la víctima cayó al suelo, donde el marido continuó golpeándola con fuerza en la cabeza, «llegando a romper el mango del martillo usado para propinar alguno de los golpes». El agresor provocó a su mujer un total de doce heridas en la cabeza, causándole la muerte.
La Audiencia Provincial de Álava considera acreditado que los hechos se produjeron a raíz de una discusión entre la mujer y su marido. La sentencia establece que cuando la víctima se encontraba en la cocina, el agresor la atacó de forma «sorpresiva e inesperada» por la espalda, golpeándola en la cabeza.
El fallo considera que existe «prueba de cargo suficiente» para determinar que existió una acción «alevosa» por parte del acusado, ante su utilización del factor «sorpresa» para atacar a la mujer y el «desvalimiento» en el que se encontraba esta respecto a él.
La resolución de la Audiencia precisa que no ha quedado probado que las heridas producidas a la mujer se causaran para incrementar «de manera innecesaria» su sufrimiento y dolor. Asimismo, considera que en el juicio no se logró acreditar que el acusado «buscara deliberadamente» incrementar el sufrimiento de la víctima, ni que supiera que algunos de los golpes que le ocasionó «no fuera necesarios para matarla».
«CELOSO Y CONTROLADOR»
La sentencia, por el contrario, subraya que durante los casi 30 años de relación de la pareja, el hombre «dio muestras de celos y de control» hacia la mujer, manteniendo una actitud «controladora» que se había agravado su último año de convivencia.
La Audiencia destaca que, pese a la ruptura sentimental de la pareja y a que la mujer había manifestado a su marido la intención de separarse legalmente, éste no aceptaba tal decisión. Asimismo, subraya que el condenado estaba «enojado» por la nueva relación sentimental de la mujer había iniciado con otra persona.
La sentencia, que condena al acusado a 21 años de prisión, se ha hecho pública este jueves, después de que el jurado considerara al procesado autor confeso de un delito de asesinato con alevosía, con la concurrencia de las agravantes de parentesco y de género, aunque descartó ensañamiento.
Las acusaciones solicitaron 25 años de cárcel para el asesino confeso y la defensa 15. La sentencia puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.