La Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a 12 años y medio de prisión a dos hombres acusados de matar a golpes a un tercero en el trascurso de una pelea multitudinaria en el municipio alicantino de Xaló.
La sentencia, dictada después de que un jurado popular emitiera un veredicto de culpabilidad, establece que los condenados, a los que atribuye un delito de homicidio con la agravante de abuso de superioridad, deberán indemnizar de forma conjunta con 100.000 euros a cada uno de los progenitores de la víctima y con 40.000 al hermano de esta, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia en un comunicado.
Los hechos ocurrieron en la medianoche del 27 de marzo de 2017 en el exterior de un pub de la localidad, cuando se inició una discusión entre dos grupos de personas motivada por los comentarios «inadecuados» que uno de esos grupos había realizado respecto de las mujeres que pertenecían al otro.
Los dos bandos comenzaron una pelea con empujones y golpes durante la cual la víctima se alejó de su grupo y se quedó solo, momento en que empezó a recibir puñetazos en la cara y patadas por parte de los dos condenados y otros miembros de este último grupo.
El agredido, de 24 años, cayó al suelo a consecuencia de la agresión y, cuando intentó levantarse recibió una fuerte patada en la cabeza que le dejó inconsciente. El joven falleció en el mismo lugar pocos minutos más tarde.
Aunque, según la resolución judicial, no ha quedado acreditado que este último golpe se lo diera ninguno de los dos condenados, ambos actuaron de forma conjunta y de común acuerdo con otro u otros individuos «con conocimiento de la probabilidad de causarle la muerte con esos golpes y aprovechando la superioridad numérica de su grupo». La sentencia no es firme y se puede recurrir ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.
Así la sala resalta que, de acuerdo con el veredicto del jurado, tanto uno como otro acusado propinaron golpes a la víctima «de manera que aportaron cada cual una contribución al hecho violento» que terminó con la muerte del joven «siendo consecuentemente coautores del delito de homicidio».
Y al respecto añade que esto es así sin que el hecho de no resultar probado que uno u otro «propinaran la fuerte patada en la cabeza, que se considera como último acto lesivo, pueda conllevar la exculpación» de ambos que, «puestos de acuerdo, aún de forma tácita, decidieron agredir reiteradamente y en grupo a la víctima, representándose la alta probabilidad de ocasionar la muerte teniendo en cuenta la variedad de golpes que se obtejivaron en el examen del cadáver y la zona vital (la cabeza) a la que se dirigieron».