La Junta de Fiscales de Sala ha respaldado este lunes por unanimidad la decisión de la fiscal general del Estado (FGE), Dolores Delgado, de que sea la Fiscalía Anticorrupción quien continúe haciéndose cargo de las diligencias de investigación relativas al contrato que está vinculado a Tomás Díaz Ayuso, hermano de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.
La decisión llega después de que la Fiscalía Europea (FE) quisiera quedarse con esta causa en su totalidad porque estudiaba ya una posible malversación debido a que ese contrato de emergencia para la adquisición de mascarillas en plena pandemia se pagó con fondos europeos.
En la Junta, la FGE ha defendido que si bien la parte de la presunta malversación, el fraude a la Hacienda Europea y el cohecho la investigará la FE, los delitos conexos que tienen que ver «con el buen funcionamiento de las administraciones públicas españolas» debe quedarse en Anticorrupción.
Respalda así la propuesta de Luzón, quien en declaraciones a los medios al término de la Junta ha señalado que las diligencias preprocesales de investigación se quedan en su departamento.
EL DECRETO DE DELGADO
En el decreto firmado por Delgado se recoge que el pasado 10 de marzo, Anticorrupción informó a la FE de que no encontraba «base indiciaria suficiente en relación con los delitos de fraude y malversación», y remitía a los fiscales europeos copia escaneada de las referidas diligencias de investigación.
Pero el 16 de marzo los fiscales europeos ejercitaron el derecho de avocación de las diligencias porque la adquisición de mascarillas habría sido financiada íntegramente con fondos europeos. «Invocaba los delitos de fraude a la Hacienda Europea, malversación y, ahora, también cohecho, que podrían perjudicar los intereses de la UE», recuerda Delgado.
En los razonamientos jurídicos, la FGE asevera que en este caso «los delitos de negociaciones prohibidas a los funcionarios, falsedad documental, prevaricación y tráfico de influencias mencionados por los denunciantes –PSOE, Podemos y Más Madrid– no se encuentran en la esfera de competencia directa de la FE». Por eso, analiza si esos delitos se hallan «indisociablemente vinculados» a los que sí se encuentran en ella.
NO SON DELITOS INDIVISIBLES
Cita por ello el reglamento de creación de la Fiscalía Europea para recordar que éste hace descansar en las autoridades nacionales la decisión sobre este particular porque se trata de delitos que no afectan a los intereses financieros de la UE. Y recuerda que se debe distinguir entre indivisibilidad y conexidad de delitos.
«La indivisibilidad obliga a reunir en el enjuiciamiento todos los elementos de un mismo hecho de forma que responda aquélla a la existencia de una única pretensión punitiva cuya resolución no puede fraccionarse. La conexidad, por el contrario, agrupa hechos distintos (…) que por tener entre sí un nexo común es aconsejable se persigan en un proceso único por razones de eficacia del enjuiciamiento y de economía procesal», indica.
Y razona que los hechos investigados en el caso del contrato «son diferenciables» y «en modo alguno indivisibles», y añade sobre el cohecho que hasta ahora «no aparecen elementos indiciarios de su comisión; ni se indica posible funcionario perceptor de una supuesta dádiva; ni se reflejan hechos compatibles con esa conducta».
Recuerda que Anticorrupción lo que trata es de aclarar «si un funcionario contrató con una empresa determinada inducido por su superior; si un particular obtuvo de una empresa una remuneración indebida a cambio de ejercer influencias sobre un funcionario público; o si un particular pudo emitir a una empresa una factura con datos inveraces respecto de la causa o cuantía de tal remuneración».
Y añade que estos hechos no serían constitutivos de malversación ni de fraude a la Hacienda Europea ni de cohecho, sino de tráfico de influencias o falsedad en documento mercantil. Por eso, concluye que «quedan claramente diferenciadas del contrato mismo que la FE considera el instrumento de una posible malversación o fraude y no se encuentran indisociablemente vinculadas a estos delitos a efectos de la investigación».
CONFLICTO COMPETENCIAL
La Junta se había convocado exclusivamente para este conflicto de competencias entre fiscalías. Esta misma mañana, desde la FE se trasladaba a Delgado la conveniencia de que fuera el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) quien decidiera, por lo que instaba a que se elevara una cuestión prejudicial al respecto.
Pero Luzón, tras la Junta, ha afirmado que la Ley Orgánica en su artículo 9 es clara al subrayar que las discrepancias que puedan surgir sobre la intervención de la FE en relación «con delitos indisolublemente vinculados a los que si son de su competencia» deben ser decididas por la FGE.
«Creemos que no se dan las circunstancias como para elevar al TJUE», ha dicho Luzón, si bien ha matizado que lo que vaya a hacer a partir de ahora la FE «es asunto suyo» y que en todo caso «el conflicto de competencias se cierra de acuerdo a la Ley».
COLABORACIÓN Y COORDINACIÓN
Por otro lado, Luzón ha señalado que la colaboración y coordinación entre ambas fiscalías se desarrollará dentro de la normalidad institucional con «la leal cooperación que hay entre las dos». De hecho, ha apuntado que no descarta que en el futuro si tiene que transmitir información sobre esta investigación concreta así lo hará.
Además, ha explicado que lo que está llevando a cabo la FE es un procedimiento penal, porque ahí los fiscales hacen las veces de jueces instructores, mientras que en Anticorrupción sólo se trata de una investigación preprocesal que en caso de que haya base suficiente puede acabar en incoación de un proceso penal.
Y ha querido subrayar que no se trataba de una disputa entre fiscalías porque solo era «un tema competencia y procesal», y ha recalcado que «ninguna fiscalía nacional debe ceder las investigaciones estrictamente domésticas y nacionales que no perjudican a intereses financieros de la UE sino que atañen al funcionamiento de la administración publica española».
LA PETICIÓN DE ABSTENCIÓN
Fuentes fiscales han explicado a Europa Press que en esta Junta hasta seis fiscales de Sala han presentado escrito solicitando que la FGE se abstenga en esta causa dado que ha sido ministra de Justicia y participó en las generales llegando a obtener el acta de diputada por el PSOE.
«Es notorio que las diligencias de investigación 3/2022 de la Fiscalía Anticorrupción se iniciaron por denuncia de los grupos parlamentarios del PSOE, Más Madrid y Unidas Podemos en la Comunidad de Madrid» y contra la presidenta ‘popular’, explican.
Si bien entienden que en el caso concreto de este lunes, «tratándose de una materia estrictamente competencial y procesal (…) no es el momento de plantear la abstención de la Fiscal General del Estado», en todo caso consideran que su intervención en estas diligencias «ha de limitarse exclusivamente a este trámite».
Estas fuentes apuntan que Delgado ha negado que le sea de aplicación el deber de abstención dado que está en servicios especiales, y que ha explicado que los fiscales de Sala no están legitimados para pedir su abstención.