El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) ha instado al Ministerio de Justicia a regular con celeridad el estatuto de las organizaciones integrantes del Tercer Sector de Acción Social como entidades colaboradoras de la Administración de Justicia, como medio para un mejor acceso a la Justicia por parte de los grupos en situación de vulnerabilidad social.
Esta regulación es un mandato de desarrollo reglamentario contenido en la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, en cuya disposición adicional primera ordenaba al Gobierno establecer un régimen de colaboración entre la Administración de Justicia y las entidades del Tercer Sector de Acción Social.
Como consecuencia de este régimen de colaboración, las entidades del Tercer Sector de Acción Social podrán desempeñar funciones como las de informar, auxiliar, asistir, aportar conocimiento experto y, en general, cooperar con la Administración de Justicia en las materias propias de su ámbito, en los términos que se determine reglamentariamente.
También supone actuar como interlocutores ante el departamento ministerial o autonómico responsable de la Justicia a través de sus órganos de participación y consulta, en los términos previstos en la normativa que resulte de aplicación, así como colaborar con la Administración de Justicia en el diseño, desarrollo y aplicación de todo tipo de iniciativas, programas, medidas y acciones que redunden en la mejora del servicio público de la Justicia y de la percepción que la ciudadanía tiene del mismo.