El Tribunal Constitucional (TC) ha dado en estas semanas los últimos golpes judiciales al Gobierno, al declarar inconstitucionales las restricciones a la circulación impuestas durante el primer estado de alarma por la pandemia de coronavirus y el nombramiento de Rosa María Mateo como presidenta del Consejo de Adminstración de RTVE, engrosando así una lista que suma ya más de una docena de reveses al Ejecutivo desde los tribunales en la primera mitad del año.
El Pleno del TC, aunque dividido con una mayoría de seis magistrados contra cinco, ha declarado inconstitucionales algunos puntos del decreto-ley por el que se declaró el primer estado de alarma, entre ellos las restricciones a la circulación de personas y vehículos en vías públicas. A su juicio, los derechos se limitaron con una «altísima intensidad» que debería haberse encuadrado un estado de excepción, el cual ven justificado por la grave afectación que hubo del «orden público».
Con el arranque del mes de julio, la corte de garantías anuló otra decisión gubernamental, si bien ya con escasos efectos prácticos. Tumbó el decreto-ley que nombraba a Rosa María Mateo administradora única de RTVE estimando con ello un recurso del PP, el cual argumentó que este asunto no revestía el carácter urgente que exige tal instrumento jurídico y que, además, se lesionó la autonomía de las Cortes Generales.
El Gobierno habría sufrido ya al menos catorce reveses desde el Poder Judicial en lo que va de año, con sentencias e informes de tribunales y Fiscalía que se han posicionado en contra de decisiones adoptadas por el Ejecutivo o de leyes que tiene previsto sacar adelante, lo que ha obligado a dejar inactivas algunas medidas, mientras que en otros casos obligará a Moncloa a modificar leyes que preveía aprobar.
MEDIDAS ANTICOVID
En junio, la Audiencia Nacional suspendió las restricciones al ocio nocturno, la hostelería y eventos extraordinarios aprobadas por el Ministerio de Sanidad, accediendo así a las medidas cautelarísimas planteadas por la Comunidad de Madrid.
La resolución se añadió a la respuesta dada a recursos de Canarias y Baleares, donde el Tribunal Supremo manifestó que hubiera sido «deseable» una ley ‘ad hoc’ para combatir el coronavirus a fin de «ofrecer la máxima seguridad jurídica», al tiempo que asentó la doctrina de que, a mayor severidad de las restricciones, mayor ha de ser la justificación para imponerlas.
Asimismo, en un informe de mayo, el Gabinete Técnico del alto tribunal se mostró crítico con el recurso de casación habilitado por el Gobierno para que, tras el final del estado de alarma el 9 de mayo, este órgano tuviera la última palabra sobre las medidas anticovid adoptadas por las comunidades autónomas.
El informe apuntó que «el problema de la constitucionalidad de la posición institucional en que se viene a situar a los tribunales de justicia, como una suerte de copartícipes ejecutivos en el proceso de adopción de medidas administrativas», subrayando que este decreto-ley «se presenta, de forma implícita pero evidente, como una reacción legislativa contra la interpretación jurisprudencial del marco legal anterior».
EL CNI Y LOS INDULTOS
Por otro lado, el TC anuló la disposición con la que Moncloa «blindó» la presencia del entonces vicepresidente segundo, Pablo Iglesias, en la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos de Inteligencia, dentro del decreto-ley que impulsó el 17 de marzo para paliar los efectos económicos de la pandemia.
Los magistrados adujeron que en este caso tampoco concurría el presupuesto inexcusable –la extraordinaria urgencia y necesidad– que habilita al Ejecutivo para usar el decreto-ley, obviando el procedimiento legislativo ordinario o de urgencia.
Los jueces también dieron la voz de alarma de cara a la decisión del Gabinete de Pedro Sánchez de indultar al ex vicepresidente catalán Oriol Junqueras y los otros condenados por el proceso independentista en Cataluña, un perdón que finalmente llegó el pasado 22 de junio.
La Sala que los juzgó informó en contra de la concesión de cualquier tipo de indulto a estos penados, señalando que no hay desproporción en las penas impuestas y no se ha dado arrepentimiento. El TS afirmó que las razones invocadas pierden cualquier justificación «cuando se presentan como presos políticos quienes han sido autores de una movilización encaminada a subvertir unilateralmente el orden constitucional y a voltear el funcionamiento ordinario de las instituciones».
LAS LEYES ‘CALVO’ Y DE LIBERTAD SEXUAL
Una de las fuentes de tensión entre el Ejecutivo y el Poder Judicial se ha residenciado en el CGPJ, que en mayo aprobó su informe al Anteproyecto de ley de Memoria democrática, un texto que se muestra muy crítico con algunos aspectos de la llamada ‘Ley Calvo’ al estimar que vulnera la libertad de expresión.
El punto más duro es el que se refiere a las causas de extinción de fundaciones, dado que los vocales sostienen que «la apología del franquismo, sin el requisito adicional del menosprecio o humillación a las víctimas, constituye la expresión de ideas que, aunque contrarias a los valores proclamados por la Constitución, están amparadas por la libertad de expresión».
Ya en febrero, el Pleno del CGPJ vapuleó otra ley emanada del Gobierno, la ley de Libertad Sexual o del ‘solo sí es sí’, al aprobar por unanimidad un texto que cuestiona algunos de los aspectos más destacados de la norma, como la definición de consentimiento o la absorción del delito de abusos sexuales en el de agresión sexual.
Las críticas a las leyes del Gobierno han llegado también desde el Ministerio Público. El borrador del informe sobre la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), elaborado por la Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado, hace una «valoración general desfavorable» del proyecto estrella del Ministerio de Justicia, que pretende dar un vuelco al modelo de investigación penal atribuyendo la instrucción a los fiscales.
LA REFORMA DEL CGPJ
Uno de los asuntos relacionados con la Justicia que más quebraderos ha dado al Ejecutivo en los últimos meses ha sido la reforma del CGPJ, que se intentó a través de dos iniciativas parlamentarias de PSOE y Unidas Podemos, aunque solo cristalizó la que limita las competencias del órgano cuando está en funciones, ya que los socios de coalición tuvieron que retirar la que apuntaba a un cambio de las mayorías por las que se elige a los vocales ante la presión de Europa.
La Asociación Profesional de la Magistratura (APM), la Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV) y el Foro Judicial Independiente (FJI), que representan a más de 2.500 jueces españoles, remitieron un escrito a la vicepresidenta de la UE para Valores y Transparencia, Vêra Jourová, y al comisario de Justicia, Didier Reynders, denunciando lo que consideran un «riesgo de violación grave» del Estado de Derecho en nuestro país por la reforma del CGPJ.
En esta misiva, los firmantes solicitaron a la Comisión Europea la adopción de medidas, mencionando expresamente el inicio de procedimiento del artículo 7 del Tratado de la Unión Europea (TUE), que recoge la posibilidad de sancionar a un Estado miembro por violar valores básicos de la UE, como los Derechos Humanos o el imperio de la ley, y supone perder el derecho a voto en el Consejo.