El juez de la Audiencia Nacional que investiga el papel de ‘Tsunami Democràtic’ en los altercados posteriores a la sentencia del ‘procés’ en el otoño de 2019 ha cargado en un auto contra el fiscal del caso, Miguel Ángel Carballo, al que le recuerda que el Ministerio Público «tiene por misión promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad».
Lo hace en un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que rechaza el intento de la investigada Marta Molina de sacar de la acusación al agente de Policía Iván Álvarez Fanginas.
Dado que el fiscal apoyó este intento de apartar al policía de la causa al entender, según recuerda el juez, que se daba una falta de conexión entre las lesiones graves sufridas por Álvarez Faginas y los hechos objeto de enjuiciamiento, el magistrado llama a Carballo a «reflexionar sobre el hecho singular» de que tenga que ser el instructor quien tenga que insistirle en investigar.
Al hilo, García Castellón recuerda a Carballo que los indicios en este caso «apuntan hacia la legitimidad para personarse como acusación particular de una persona que sufrió lesiones graves, permitiéndole instar los derechos que le puedan corresponder como tal».
FALTA DE LEGITIMACIÓN
En la resolución del magistrado, que ve indiciariamente el delito de terrorismo por parte de los organizadores de ‘Tsunami’ –entre los que sitúa al expresidente catalán y eurodiputado Carles Puigdemont–, se explica que Molina recurrió la personación del letrado que representa a Álvarez Fanginas al entender que existía una «falta de legitimación».
Y recuerda que el fiscal se adhirió a lo pretendido por Molina «al entender que las supuestas lesiones sufridas por los agentes personados no tienen relación con las investigaciones seguidas en este procedimiento».
A esto responde que si se repasa la jurisprudencia existe la posibilidad de imputar a los integrantes de una organización que ocupan posiciones de jerarquía, «actos cuya ejecución material se ha realizado por otros».
POSIBLE ÁNIMO HOMICIDA
Tras esto, el magistrado indica que ya se ha pronunciado en un auto anterior sobre la legitimación de los hasta tres agentes heridos en la causa por lo que se remite «íntegramente» a esa resolución.
Aunque sí que cree pertinente reflejar algunos párrafos de ese auto de 24 de enero como en el que explica que por el lugar en el que recibió el impacto uno de los agentes lesionados –la cabeza– y la posición del agresor «podría apreciarse un ánimo de lesionar u homicida».
Recordaba además en ese auto que las lesiones fueron «muy graves», tanto que tuvo «tal repercusión pública» que llevó incluso a que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, acudiera a visitarles al Hospital donde permanecían ingresados.
«Es por ello que no puede minimizarse esta acción ni el resultado grave que ocasionó, incompatible con el derecho a la vida e integridad física reconocidos en el artículo 15 de la Constitución, y el artículo 2 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, y del que podrían ser partícipes los investigados», señalaba.