El Juzgado de Instrucción 7 de Barcelona ha procesado al responsable del operativo de la Policía Nacional el 1-O en la Escola Ramon Llull de Barcelona y al escopetero que supuestamente disparó la bala de goma que causó que Roger Español perdiera un ojo.
En un auto consultado por Europa Press, el juez también ha procesado a Español por un presunto delito de atentado contra los agentes al lanzar una valla metálica a un policía, sin causarle lesiones.
Además, están procesados otros dos policías que intervinieron en la misma escuela por presuntamente golpear con la porra a personas que estaban sentadas en el suelo.
El auto expone que una de las grabaciones aportadas a la causa que recoge momentos de la jornada en este punto muestra cómo los manifestantes se sentaron en medio de la calle, entre ellos Español, que lanzó la valla.
Según el informe policial de la jornada, en ese operativo se dispararon 17 pelotas de goma: una golpeó a una persona en la pierna y otra impactó en la cara de Español.
Las pruebas periciales que se han practicado durante la instrucción han hecho concluir al juez que la pelota primero «choca primero en el suelo y rebota en dirección» a Español, y en un vídeo de los hechos se oye cómo el responsable del operativo dio la orden de disparar.
Con el vídeo, el juez ha identificado la trayectoria de la pelota de goma y «el agente que realiza el disparo ha sido identificado en el vídeo de los hechos, siendo el que portaba el número UC563».
Viendo las imágenes, el juez critica que «no parece que los disparos efectuados se realizaran respetando la circular sobre empleo de material antidisturbios, ya que no se respeta la distancia mínima de 25 metros ni existe la situación excepcional, con agresiones directas y de peligrosidad extrema exigida por la misma para el disparo de pelotas a distancia inferior a la citada».
DOS POLICÍAS NO PROCESADOS
Las acusaciones de la causa habían pedido procesar también a dos policías más que participaron en el dispositivo por «no impedir y amparar» el uso de pelotas de goma ese día.
Sin embargo, el juez lo ha descartado porque no consta que ordenaran o colaboraran de ninguna manera en las lesiones ni que ordenaran usar el material antidisturbios, y además considera que «ante la confusa situación que se produjo una vez los agentes de policía iniciaron el uso de la violencia con las defensas, no se aprecia que tuvieran dominio alguno del hecho punible en su actuación».