El Supremo valida la inmovilización de coches VTC que capten viajeros en zonas de gran afluencia

Redacción

La sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha ratificado una sanción de la Policía Local de Sevilla por la captación de clientes en la vía pública por parte de un vehículo VTC de Uber.

Se trata del resultado de un recurso presentado por Ares Capital (empresa de Uber) contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Sevilla (TSJA), que avalaba la actuación de la Policía Local de esta ciudad al inmovilizar uno de sus vehículos que circulaba en zonas de demanda de servicios sin tener un servicio previamente contratado.

El objetivo de ese recurso por parte de Uber era suprimir esta limitación –contratar el servicio con antelación–, que todavía está vigente en las comunidades que más han abierto el mercado a las VTC, como Madrid y Andalucía.

La normativa vigente en materia de Transporte prohíbe el estacionamiento de vehículos VTC en zonas de gran afluencia de viajeros (como estaciones de tren) para captar clientes, por lo que la inmovilización es una medida cautelar y que no atenta contra el principio de libre empresa ni sobre la ley de garantía y unidad del mercado.

«A través de Antaxi y junto con el Ayuntamiento de Sevilla, hemos defendido esta medida coercitiva que las VTC incumplen sistemáticamente y que ha sido refrendada por el Tribunal Supremo porque, recordamos, las calles no son de uso exclusivo de las VTC y de sus propias normas», ha señalado el presidente de Antaxi, Julio Sanz.

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