El TJUE avala adaptar el umbral de activación de las horas extra para trabajadores a tiempo parcial

Redacción

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha avalado este jueves adaptar el umbral de activación de las horas extra para trabajadores a tiempo parcial en proporción al tiempo de trabajo realizado ya que considera que tienen una carga de trabajo mucho mayor y cumplen con mucha menor frecuencia los requisitos para tener derecho a una retribución complementaria que sus compañeros que trabajan a tiempo completo.

En su sentencia de este jueves, el Tribunal señala que, cuando prestan servicios, los trabajadores a tiempo parcial ejercen las mismas funciones que los trabajadores contratados por el mismo empresario a tiempo completo u ocupan el mismo puesto que estos y considera, por tanto, que las situaciones de estas dos categorías de trabajadores son comparables.

Asimismo, ha apuntado que la existencia de umbrales idénticos de activación de la retribución complementaria representa, para los trabajadores a tiempo parcial, un tiempo de actividad superior al de los empleados a tiempo completo en relación con su tiempo de trabajo total.

El TJUE ha respondido así a una consulta del Tribunal Supremo de lo Laboral alemán después de que un piloto a tiempo parcial de Lufthansa CityLine que pedía reducir los umbrales teniendo en cuenta el número de horas de trabajo y consideraba que tenía derecho a una retribución complementaria, ya que superaría los umbrales de activación si estos se redujeran en proporción al tiempo de trabajo realizado.

En respuesta, la justicia europea ha señalado que las normas nacionales que exigen que un trabajador a tiempo parcial realice el mismo número de horas de trabajo que un trabajador a tiempo completo para obtener una retribución complementaria constituyen una discriminación prohibida por el Derecho de la Unión.

El Tribunal ha declarado que esas normas nacionales generan un trato menos favorable de los pilotos a tiempo parcial, lo que es contrario al Derecho de la Unión, a menos que dicho trato esté justificado por una razón objetiva.

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