Empresas y centros formativos ya pueden solicitar las subvenciones para formar ocupados

Redacción

Empresas y centros de formación podrán solicitar desde este miércoles subvenciones públicas para formar trabajadores ocupados en el marco de la convocatoria de estas ayudas aprobada por el Consejo de Ministros el pasado 23 de julio.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) del martes publicó el extracto de la resolución del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de estas subvenciones, que contarán con un presupuesto de 500 millones de euros para el periodo 2024-2027, financiado con cargo a un crédito presupuestario del SEPE.

De este importe, 62,5 millones de euros corresponderán a la convocatoria de 2024; 150 millones de euros a la de 2025; 187,5 millones de euros a la de 2026 y 100 millones de euros a la de 2027. La concesión de las subvenciones queda condicionada a la vigencia y suficiencia del mencionado crédito presupuestario.

Con estas ayudas se pretende financiar programas de formación de ámbito estatal destinados prioritariamente a personas ocupadas, mediante el despliegue de más de 3.500 nuevas especializaciones en el mundo de trabajo.

Estos programas estarán orientados a la adquisición y mejora de competencias profesionales relacionadas con los requerimientos de productividad y competitividad de las empresas, así como con las necesidades de adaptación a los cambios necesarios del sistema productivo y a las posibilidades de promoción profesional y desarrollo personal de las personas trabajadoras, a fin de que obtengan mejor capacitación para el desempeño cualificado de las distintas profesiones y les permita mejorar su empleabilidad.

Podrán solicitar subvenciones las entidades de formación, públicas o privadas, con presencia en más de una comunidad autónoma; los centros públicos de formación de adultos, universidades públicas, federaciones y asociaciones de entidades locales y empresas que cuenten con instalaciones para la impartición de las especialidades formativas que soliciten en, al menos, dos comunidades autónomas.

Las solicitudes de subvención que se presenten en el marco de esta convocatoria se tramitarán de forma electrónica mediante la aplicación informática a disposición de las entidades solicitantes en la página web de la Fundación Estatal para la Formación en el empleo (Fundae).

Se establecen dos plazos de presentación de solicitudes: el primero será de 20 días hábiles a contar desde mañana y el segundo, también de 20 días hábiles, comenzará el 30 de septiembre de 2025.

Aquellas entidades que hayan concurrido en el primer plazo y obtenida financiación para sus programas de formación deberán acreditar haber iniciado la formación en, al menos, el 25% de las personas participantes programadas para poder solicitar subvención en el segundo plazo.

Asimismo, tras la primera convocatoria, se evaluará que las especialidades impartidas responden a las necesidades formativas detectadas y que se ejecutan con calidad y, en su caso, se actualizarán las especialidades a convocar en el segundo plazo.

COLECTIVOS PRIORITARIOS Y CUATRO TIPOS DE PROGRAMAS

Los colectivos prioritarios están determinados en función del programa. En los programas de formación presenciales serán prioritarias las personas trabajadoras incluidas en expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE), las afectadas por la activación del Mecanismo RED o las personas menores de 30 años.

También lo serán las mujeres, los mayores de 45 años, las personas con discapacidad, las personas trabajadoras con bajo nivel de cualificación, las personas trabajadoras desempleadas de larga duración, las personas trabajadoras de pymes, las personas trabajadoras con contrato a tiempo parcial y personas trabajadoras con contrato de duración determinada, así como todos aquellos colectivos recogidos en el artículo 50 de la Ley de Empleo.

Por su parte, las especialidades formativas incluidas en cada tipo de programa parten del análisis de las prioridades establecidas por las organizaciones empresariales y sindicales a través de los ‘Planes de Referencia sectoriales’.

Se recoge un programa de formación habilitante o capacitadora, que permite a las personas trabajadoras obtener un reconocimiento o acreditación profesional emitido por un organismo regulador nacional o internacional. Incluye 322 especialidades formativas diferentes.

También se incluyen programas de formación específica sectorial de especial interés, que cubren las necesidades formativas de un sólo ámbito sectorial e incluye 1.971 especialidades formativas.

Además, hay programas de otra formación específica sectorial, que proporciona a las personas trabajadoras conocimientos y competencias que cubren las necesidades formativas de más de ámbito sectorial y que no son demandados en todo el mercado de trabajo e incluyen 800 especialidades formativas diferentes

Y, por último, se recogen programas de formación transversal, dirigida al aprendizaje de competencias transversales generales, así como de competencias de las personas trabajadoras autónomas y personas trabajadoras y socias de la economía social e incluye 439 especialidades formativas diferentes.

Las + leídas