Principales novedades y continuidad en la Declaración de la Renta 2024
La Declaración de la Renta correspondiente al ejercicio 2024, que deberá presentarse en 2025, estará marcada por la continuidad de las medidas introducidas en años anteriores y por algunos ajustes que dependerán de la aprobación de la futura Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2024 o de eventuales reformas fiscales a lo largo de dicho año. Aun así, puede afirmarse con cierta seguridad que, en primer lugar, el umbral de 15.000 euros para la obligación de declarar en rendimientos del trabajo se mantendrá, ya que se ha consolidado y no se han anunciado cambios que impliquen su reducción o supresión.
Obligación de declarar según ingresos y subsidios
Del mismo modo, la mejora en la reducción por rendimientos del trabajo que se diseñó para favorecer a las rentas bajas y medias proseguirá en tanto no se disponga lo contrario en la normativa venidera, pues no lleva asociada una fecha de caducidad. Asimismo, las deducciones familiares y por circunstancias personales, incluidas las referentes a maternidad, familia numerosa o personas con discapacidad a cargo, conservarán su aplicación, tal como han sido ampliadas en ejercicios previos, salvo que se apruebe una reforma específica que las modifique.
Por otra parte, la deducción por adquisición de vivienda habitual continúa sujeta al régimen transitorio para las viviendas adquiridas antes del 1 de enero de 2013, sin que exista una fecha límite para su finalización, de modo que, en ausencia de cambios legislativos, seguirá vigente en la Renta de 2025. Del mismo modo, se prevé un refuerzo del control de criptoactivos, pues la Agencia Tributaria ha avanzado en la creación de modelos informativos y en el cruce de datos para supervisar de forma más exhaustiva las operaciones realizadas con monedas digitales.
En lo tocante a la estimación objetiva (módulos), persistirá la revisión anual de índices y límites de exclusión, aunque el alcance concreto de esos ajustes dependerá del Real Decreto correspondiente, que se publicará a lo largo de 2024. Además, se anticipa una evolución de la plataforma Renta Web, con nuevas validaciones y casillas que faciliten la declaración de ayudas públicas o la información sobre criptoactivos, manteniéndose la estrategia de simplificar el procedimiento y minimizar errores.
En síntesis, sin perjuicio de posibles reformas posteriores, la Renta de 2025 estará marcada por la consolidación de los cambios ya introducidos en ejercicios anteriores (como el umbral de 15.000 euros o las mejoras en deducciones para rentas medias-bajas), la preservación de las ventajas fiscales preexistentes, especialmente el régimen transitorio en materia de vivienda, y la continuidad en la intensificación de los controles relativos a las criptomonedas. Como en cada campaña, resulta imprescindible consultar la normativa definitiva que se publique en el Boletín Oficial del Estado, especialmente la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2024 y cualquier otra norma que pueda afectar al IRPF.
La declaración de la Renta para el ejercicio 2024, que se presentará en 2025, mantiene la línea de continuidad en cuanto a los límites de obligatoriedad y a las reducciones relacionadas con los rendimientos del trabajo. Esto significa que, por ahora, quienes perciban exclusivamente ingresos en torno al Salario Mínimo Interprofesional seguirán sin tener la obligación de declarar si no sobrepasan los umbrales establecidos legalmente. La clave radica en calcular con precisión la suma de todos los ingresos percibidos, pues en algunos casos puede existir la conveniencia de presentar igualmente la declaración para reclamar devoluciones o deducciones a las que se tenga derecho, especialmente si se han practicado retenciones a lo largo del año.
En el caso de aquellas personas que cobran el SMI y además reciben otras ayudas, o si cuentan con distintas fuentes de ingresos, se hace aún más necesario revisar la normativa fiscal y las posibles deducciones que podrían resultarles ventajosas. Cualquier modificación en el Salario Mínimo fijado por el Gobierno o en la Ley de Presupuestos Generales del Estado podría influir directamente en la obligación o conveniencia de declarar, por lo que es recomendable permanecer atento a las novedades que se vayan publicando en el Boletín Oficial del Estado y en la página de la Agencia Tributaria.
Por otra parte, quienes perciben el subsidio para mayores de 52 años han de recordar que este ingreso cuenta como rendimiento del trabajo a efectos del Impuesto sobre la Renta. Además, dicha prestación exige cumplir con ciertos requisitos de renta, lo que implica que un incremento en el SMI o cambios en la legislación tributaria pueden afectar a la continuidad o a las condiciones de la ayuda. Conservar la vigencia de este subsidio requiere llevar un control periódico de los ingresos, y la declaración de la Renta, aunque no siempre sea obligatoria, puede constituir un medio de verificación muy útil para acreditar la situación personal y económica del beneficiario.
Analizar con rigor todos los datos que componen una declaración de la Renta es un paso fundamental para asegurarnos de que no dejamos atrás deducciones, bonificaciones u otros beneficios fiscales a los que podemos tener derecho. En muchos casos, los contribuyentes presentan sus declaraciones de forma apresurada, sin asesorarse debidamente ni comprobar cada concepto, y terminan pagando de más o no recuperan ciertas ventajas previstas en la normativa tributaria. La rectificación de declaraciones de ejercicios anteriores supone, a menudo, una vía para recuperar cantidades importantes, siempre que se cumplan los plazos legales establecidos.
Servicios de Energiber Consulting especialistas en la Declaración de la Renta
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La confianza en un equipo profesional resulta esencial para maximizar el ahorro fiscal y cumplir correctamente con las obligaciones tributarias. Por ese motivo, desde Energiber ponen especial énfasis en la profesionalidad, avalada por nuestra pertenencia a la Asociación Profesional de Expertos Contables y Tributarios de España (AECE), que certifica el compromiso con la excelencia y la actualización constante de conocimientos. El enfoque no consiste únicamente en presentar declaraciones, sino en llevar a cabo un análisis detallado de cada caso, tratando de detectar cualquier contingencia que redunde en beneficio del contribuyente.
Además, para quienes buscan comodidad y soluciones a distancia, hemos agilizado el proceso y gestión de la declaración. Los clientes pueden remitirnos toda la información por correo electrónico, sin necesidad de desplazarse, y obtener así un servicio profesional y fiable, esté donde esté el contribuyente. Todo ello, con un precio fijo de 40 € por la elaboración de la declaración de la Renta Individual, manteniendo la misma calidad de atención y seguimiento que ofrecemos de manera presencial.
En definitiva, contar con un análisis pormenorizado, confiado a manos expertas, no solo garantiza el cumplimiento de las obligaciones fiscales, sino que también multiplica las posibilidades de aprovechar todas las deducciones que la normativa pone a disposición de los contribuyentes. Y, si existen ejercicios pasados que puedan revisarse, la oportunidad de recuperar deducciones no aplicadas es un derecho que, gracias a nuestra revisión especial, puede traducirse en un beneficio económico muy significativo.