ERC ha presentado este viernes una serie de enmiendas a la propuesta de PSOE y Unidas Podemos para derogar la sedición entre las que propone crear un nuevo tipo dentro del delito de malversación para castigar con menos cárcel –con una pena de entre 6 meses y 3 años de prisión– a quienes malversen dinero público pero sin ánimo de lucro personal.
Así, aboga por crear un nuevo artículo 432 bis según el cual «la autoridad o funcionario público que, sin ánimo de apropiárselo, destinare a usos particulares y ajenos a la función pública, el patrimonio público puesto a su cargo por razón de sus funciones o con ocasión de las mismas, incurrirá en la pena de prisión de seis meses a tres años, y suspensión de empleo o cargo público de uno a cuatro años».
Actualmente, el artículo 432 del Código Penal impone penas de entre 2 y 6 años de cárcel para «la autoridad o funcionario público que cometiere el delito del artículo 252 sobre el patrimonio público».
Y ese artículo 252 señala que «serán punibles (…) los que teniendo facultades para administrar un patrimonio ajeno, emanadas de la ley, encomendadas por la autoridad o asumidas mediante un negocio jurídico, las infrinjan excediéndose en el ejercicio de las mismas y, de esa manera, causen un perjuicio al patrimonio administrado».