España exigirá una prueba negativa a los pasajeros procedentes de Francia que entren también por vía terrestre

Redacción

El Boletín Oficial del Estado (BOE) recoge este sábado una orden por la que establece la exigencia de una prueba diagnóstica de infección activa para SARS-CoV-2 con resultado negativo, realizada en las 72 horas previas a la llegada de España, para los pasajeros procedentes de Francia también por vía terrestre.

Esta orden se suma a la que establecía que los ciudadanos procedentes de Francia que viajaran por vía aérea o marítima tenían que presentar una prueba negativa, por lo que a partir de ahora todos los viajeros de Francia, entren por donde entren, tendrán que presentar esta PCR negativa para acceder a España.

De este modo, todas las personas, mayores de seis años, procedentes de zonas de riesgo de Francia que lleguen a España por vía terrestre deberán disponer de una prueba PCR (RT-PCR), una prueba TMA u otro tipo de prueba diagnóstica para SARS-CoV2 basada en técnicas moleculares equivalentes, con resultado negativo, realizada en las 72 horas previas a la llegada.

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