¿Existe la protección de datos personales aplicada a las personas jurídicas?, por TQA

Remitido

Son muchas las personas que piensan que la protección de datos personales es un derecho exclusivo de las personas físicas, y que en este caso, las personas jurídicas quedarían fuera de este amparo legal. Sin embargo, y a pesar de que directamente no se mencione a las personas jurídicas en la REPD o LOPD, lo cierto es que implícitamente estos también son sujetos del mismo derecho. Esta es una de las razones por las que las personas jurídicas cuyos datos personales han sido utilizados sin consentimiento para fines ilegales, deben acudir con profesionales del derecho como los de TQA, un despacho especializado en este tipo de casos.

¿Cómo se aplica la protección de datos personales a las personas jurídicas?

Para ilustrar mejor la implicación del derecho a la protección de datos personales de las personas jurídicas, se puede utilizar como ejemplo el derecho al honor. Este se refiere específicamente al derecho que tiene una persona de ejercer acciones legales y jurídicas contra quien haya hecho imputaciones falsas sobre ella, que hagan desmerecer su consideración social e individual. Este derecho se encuentra reflejado en la Constitución Española, en el artículo 18:1 del Capítulo Segundo, en su sección 1ª. Si bien las personas jurídicas no se mencionan en estas leyes, es un claro ejemplo de cómo de manera implícita estas también quedan amparadas por esta ley. De hecho, tanto el T.C como el T.S han considerado que si una persona jurídica es atacada en su buena fama, puede ejercer acciones legales para su protección, ya sea de tipo penalista o patrimonialista. De hecho, pueden incluso solicitar una indemnización por la intromisión ilegítima en su derecho al honor, si sus datos personales son tratados sin cumplir las exigencias establecidas por la LOPD.

Consideraciones finales respecto a la protección de datos personales para personas jurídicas

Se puede decir entonces, que los datos personales de las personas jurídicas, empresarios individuales, se encuentran también bajo la normativa sobre protección de datos. De hecho, no solo los datos relativos a su vida privada se encuentran protegidos, sino que además lo están aquellos que se refieren a su actividad empresarial, de acuerdo a lo establecido por la presunción de legitimidad y requisitos del artículo 19.2. Para ambos casos, se aplicará lo establecido en el Reglamento Europeo y la Ley Nacional. Adicionalmente, se pasarán por el filtro de la AEPD y la jurisprudencia, para hacer la diferencia necesaria entre los datos referidos a la vida privada y los referidos a la vida profesional.

No obstante, muchas personas jurídicas aún no saben que pueden ampararse en la ley ante el uso ilegítimo de sus datos personales, ni saben cómo hacerlo. Es por ello que es fundamental acudir a abogados especializados en esto, para así ejercer el derecho que tienen de protegerse ante este tipo de delitos. En este sentido, una de las alternativas ideales es TQA Abogados, un bufete experimentado de abogados penalistas que garantizan acompañamiento permanente en el caso, confianza, transparencia y honestidad.

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