La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha abierto y automáticamente ha cerrado una investigación sobre la denuncia de Dignidad y Justicia (DyJ) por las 44 personas condenadas por su pertenencia a ETA que han sido incluidas en las listas electorales de EH Bildu, al determinar que no hay delito ni causa de inelegibilidad.
En un decreto de cuatro páginas, recogido por Europa Press, la Fiscalía señala que para «un riguroso análisis de la denuncia, se han recabado las hojas histórico-penales de las personas condenadas a las que se hace expresa referencia». Y concluye que, tras estudiarlo, «no se aprecia la concurrencia de circunstancia alguna que permita atisbar (…) un supuesto de inelegibilidad de los previstos en el artículo 6.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General».
Apunta que los hechos tampoco tienen «trascendencia penal o constituyen un ilícito de esta naturaleza». «Por consiguiente, a la vista de los antecedentes penales de las personas reseñadas, se considera que los hechos denunciados no resultan penalmente típicos», añade.
Cabe recordar que ese artículo 6.2 indica que son inelegibles «los condenados por sentencia firme, a pena privativa de libertad, en el período que dure la pena» y «los condenados por sentencia, aunque no sea firme, por delitos de rebelión, de terrorismo, contra la Administración Pública o contra las Instituciones del Estado cuando la misma haya establecido la pena de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo o la de inhabilitación absoluta o especial o de suspensión para empleo o cargo público en los términos previstos en la legislación penal».
LA DENUNCIA DE DYJ
Esta decisión de la Fiscalía llega después de que DyJ presentase el pasado jueves una denuncia en la que pedía investigar a las 44 personas condenadas por su pertenencia a la organización terrorista ETA que concurrían en las listas de EH Bildu a fin de determinar si todas ellas habían cumplido sus penas de inhabilitación.
La asociación amplió esa denuncia este mismo lunes pidiendo a la Fiscalía que iniciase el proceso de ilegalización de EH Bildu y ampliando la investigación a todos los candidatos de Bildu, solicitando que se certificase «cuáles están vinculados a organizaciones o entidades vinculadas a la organización terrorista ETA».
Así las cosas, DyJ instaba a que también se verificase, tal y como exige la Ley de Partidos, si todos ellos han rechazado públicamente los fines y medios terroristas.
Asimismo, la asociación pedía averiguar si el partido que encabeza Arnaldo Otegi colaboró desde 2011 de forma habitual «con entidades o grupos que actúen de forma sistemática de acuerdo con una organización terrorista o violenta, o que amparan o apoyan al terrorismo o a los terroristas».
En esta línea, también solicitaba que se comprobase si Bildu ha «apoyado desde las instituciones en las que gobierna, con medidas administrativas económicas o de cualquier otro orden, a las entidades mencionadas».
Por último, DyJ instaba a la Fiscalía a determinar si la formación ha «promovido, dado cobertura o participado en actividades que tengan por objeto recompensar, homenajear o distinguir las acciones terroristas o violentas o a quienes las cometen o colaboran con las mismas».
EL FISCAL JEFE AL FRENTE DEL ANÁLISIS
El decreto de archivo de la Fiscalía, una vez descritas de forma pormenorizada las razones de Dignidad y Justicia para presentar su denuncia, señala que al frente del estudio de la misma ha estado el fiscal jefe de la Audiencia Nacional , Jesús Alonso, y la teninete fiscal, Marta Durantez.
Y señala que tras el estudio de los antecedentes de los etarras «procede dictar decreto de incoación y archivo de las presentes diligencias» al entender que no hay infracción penal alguna.
Asimismo, advierte a la asociación de víctimas que las juntas electorales son quienes tienen la competencia del control de la legalidad de las candidaturas presentadas por partidos, federaciones, coaliciones y agrupaciones.
Si bien la Fiscalía de la Audiencia Nacional acuerda archivar las diligencias, indica a DyJ que la decisión no produce efecto de cosa juzgada por lo que puede reproducir la denuncia ante los órganos judiciales.