La Audiencia Provincial de Almería tiene previsto acoger este martes el juicio contra un agente de la Guardia Civil para el que la Fiscalía pide cinco años de prisión acusado de apoderarse de 50 euros de un detenido al que habían retirado sus pertenencias tras su llegada al acuartelamiento de Níjar, las cuales habían depositado en una bolsa que se quedó «abierta».
La fiscal acusa al agente de un delito de infidelidad de custodia de documentos como medio para cometer un delito de falsedad, al sostener que modificó y cambió la diligencia de retirada de pertenencias en la que se detallaban los bienes que poseía el detenido, así como de un delito de apropiación indebida, por los que además reclama 23 meses de multa a razón de diez euros diarios y seis años de inhabilitación para empleo o cargo público.
Según el escrito provisional de acusación, consultado por Europa Press, el perjudicado llegó al cuartel de Níjar tras haber sido detenido el 23 de julio de 2021, de modo que allí un agente y un guardia alumno procedieron a su cacheo y a la retirada de sus pertenencias en un cuarto habilitado para ello.
Posteriormente, otros dos agentes y el agente alumno realizaron hasta tres veces –una de ellas delante del detenido– el recuento de las posesiones del arrestado, entre las que había 150,09 euros de su propiedad que introdujeron en una bolsa de efectos.
La diligencia fue impresa por uno de los agentes diez minutos antes de las 14,00 horas, sentido en el que fue firmada por el arrestado, quien estuvo «conforme» con lo que aparecía escrito. Además, el mismo agente reflejó su contenido en el libro de detenidos virtual, de acuerdo a los datos recabados por la Fiscalía, y encargó a otro que redactara el documento interno de cadena de custodia, para lo cual «le dejó la bolsa de pertenencias abierta sobre la mesa» antes de irse.
Con ello, el agente encargado redactó el documento aunque «sin reflejar el importe del metálico intervenido» y guardó el papel junto con la bolsa abierta en un cajetín habilitado a tal efecto a la espera de que su compañero firmara la diligencia, si bien «por error la firmó el guardia alumno». Fue el propio guardia alumno quien, al no saber cómo proceder y haberse marchado el resto de agentes, contactó con el acusado, quien era «el único guardia que se hallaba en dependencias oficiales».
Así, al acudir al cuarto de puertas fue cuando vio la bolsa de pertenencias abierta, lo que según la Fiscalía, «aprovechó, con ánimo de ilícito enriquecimiento, de manera mendaz» y sabiendo del «desconocimiento del guardia alumno por ser su primer servicio», para acercarse a él «sugiriéndole que con las bolsas de pertenencias debía tener cuidado», de modo que le invitó «sin justificación para ello» a volver a examinar las pertenencias y ver si coincidían con las detalladas en la hoja de custodia.
Fue entonces cuando, según el Ministerio Público, el agente aprovechó que se hallaba «solo en el cuarto de puertas» y «se apoderó de 50 euros propiedad del detenido, volvió a contar falazmente el dinero» y «haciendo creer al guardia alumno que había 100,09 euros», cogió delante suya la diligencia de retirada de pertenencias, «la rompió y se deshizo de ella, tirándola a la papelera».
La Fiscalía apunta que, tras ello, el acusado cogió una nueva bolsa sobre las 15,20 horas y «de manera mendaz» modificó el libro de detenidos virtual desde el ordenador en el que prestaba servicios, alterando la cantidad de 150 euros reflejada inicialmente en el fichero.
Después habría elaborado una nueva diligencia de pertenencias que, tras su impresión a las 16,20 horas, llevó al detenido para que firmara, «el cual, desconociendo el por qué volvían a sacarle del calabozo, y pensando que era un procedimiento rutinario, la rubricó sin comprobar el importe».
Así, no fue hasta la mañana siguiente cuando el detenido fue puesto en libertad tras haber sido trasladado con sus pertenencias al juzgado, cuando los agentes actuantes y el propio arrestado se percataron de que faltaban 50 euros. También comprobaron la existencia de «dos diligencias no coincidentes: la de retirada de efectos elaborada pérfidamente por el acusado, y la de devolución de efectos» original.