La Guardia Civil ha recuperado un fragmento pétreo o «disiecta membra» con relieve romano que tenía en su poder un vecino de la localidad pacense de Llerena, que entregó voluntariamente tras ser advertido sobre una posible infracción administrativa al no haber comunicado debidamente su hallazgo.
En esta operación ha resultado «imprescindible» la colaboración de la Dirección General de Biblioteca, Archivos y Patrimonio Cultural de la Junta de Extremadura para que el Equipo de Investigación del SEPRONA de la Comandancia de la Guardia Civil de Badajoz obtuviera indicios suficientes para poder determinar la existencia de esta pieza arqueológica.
Las gestiones practicadas permitieron averiguar la identidad de la persona que la guardaba en su poder. Tras entrevistarse con él, los agentes le hicieron saber que podría estar incurriendo en una infracción administrativa al poseer el fragmento arqueológico de interés cultural y no haber participado su hallazgo debidamente a Patrimonio.
Tras ello, el vecino hizo entrega voluntaria de la pieza, que el SEPRONA posteriormente depositó en el Museo Arqueológico Provincial de Badajoz, informa la Guardia Civil en una nota de prensa.
Este fragmento decorativo intervenido o «disiecta membra», de talla en piedra que representa la escena en movimiento de un hombre de espaldas tirando de un bóvido ensogado, que supuestamente lo había descubierto el vecino de manera casual al realizar una reforma en una finca de su propiedad ubicada cerca de Llerena.
La Dirección General de Patrimonio Cultural de la Junta de Extremadura será la encargada de estudiar y analizar la pieza intervenida, con metodología arqueológica específica que determine su supuesto valor histórico cultural, origen y procedencia.
La Guardia Civil recuerda que las piezas arqueológicas, como objetos que integran el Patrimonio Histórico Español, son consideradas como bienes de dominio público e interés cultural, propiedad de la Administración. Por este motivo, todo hallazgo o tenencia, deben ser comunicadas debidamente al organismo competente en el plazo de cuarenta y ocho horas desde su descubrimiento y/o adquisición.