Revisa condenas por interrumpir misa gritando a favor del aborto y si es libertad de expresión llamar a prender fuego «la puta bandera»
El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) incluye dos asuntos que afectan a derechos fundamentales relacionados con el ejercicio de la libertad de expresión, uno en relación con la protección de los sentimientos religiosos y el otro con el ultraje a la bandera.
Así, el orden del día del Pleno que comienza este martes, y que se extiende como es habitual hasta el jueves, incluye la revisión de una condena de seis meses de cárcel impuesta a un activista que interrumpió en abril de 2017 una misa en la iglesia de Sant Pere de Banyoles (Girona) con gritos a favor del aborto (‘Aborto libre y gratuito’) y que exhibió una pancarta en el altar con el mensaje ‘Fuera rosarios de nuestros ovarios’.
El Tribunal Supremo avaló el criterio adoptado en su día Audiencia de Girona, que condenó al activista J.R.C. por un delito contra los sentimientos religiosos al estimar que el activista actuó «sabiendo que con su acción podría llegar a ofender los sentimientos religiosos», consiguiendo paralizar la celebración de la misa durante unos dos o tres minutos.
Ya en su resolución, el alto tribunal recordaba su propia doctrina, la del Tribunal Constitucional y la del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) relativa a que los derechos fundamentales a la libertad de expresión, reunión y manifestación «no son derechos absolutos», y pueden colisionar con otros derechos fundamentales, como el derecho a la libertad religiosa.
Así, consideró que al dictar condena, la Audiencia no vulneró el derecho a la libertad de expresión, reunión y manifestación del acusado, ya que el reproche penal no se fundó en su ideología a favor del aborto o en la crítica realizada frente a la Iglesia Católica por su postura ante la reforma de la Ley del aborto, sino «en el modo, tiempo y lugar» de la manifestación.
Lo hizo extralimitándose, a ojos del tribunal, en el ejercicio de la libertad de expresión y vulnerando el derecho fundamental a la libertad religiosa y de culto. Este aspecto es el que tendrá que valorar ahora el tribunal de garantías.
SINDICALISTA CONDENADO
El segundo asunto relativo a libertad de expresión que llega esta semana al Pleno del TC es la ponencia del magistrado Andrés Ollero favorable a conceder el amparo a un sindicalista que fue multado por un delito de ultraje durante unos incidentes ocurridos en 2014 frente al Arsenal Militar de Ferrol.
En ellos, el delegado de la Confederación Intersindical Galega (CIG) Pablo F. amenazó con prender fuego a «la puta bandera» durante una protesta laboral. Fuentes del tribunal de garantías han señalado a Europa Press que la discusión de este asunto se produce desde hace semanas y está siendo intensa, y que es bastante probable que de aprobarse la ponencia ésta deje a un tribunal muy dividido.
El sindicalista fue condenado a una multa en marzo de 2017 por el Juzgado 1 de Ferrol como autor de un delito de ultrajes a España, una condena que fue después confirmada por la Audiencia Provincial de La Coruña.
En su recurso ante el TC, la defensa de Pablo F. solicita que se declare que la condena vulnera el derecho a la libertad de expresión del sindicalista, lo que conllevaría la nulidad de las decisiones judiciales. Esta tesis es acogida por el ponente, perteneciente al sector conservador del órgano judicial, y ahora está siendo sometida a discusión en el Pleno.