La teniente fiscal del Tribunal Supremo (TS), María Ángeles Sánchez-Conde, ha presentado este jueves el informe final en el que se opone a que en la causa de ‘Tsunami Democràtic’ se investigue por terrorismo al expresidente catalán Carles Puigdemont por su presunta implicación en los disturbios atribuidos a la plataforma independentista en el otoño de 2019 en señal de protesta por la sentencia del ‘procés’.
En su informe, de 31 páginas y al que ha tenido acceso Europa Press, Sánchez-Conde pide que se devuelva a la Audiencia Nacional (AN) la causa al considerar que en este momento no hay indicios suficientes de criminalidad contra Puigdemont –actual eurodiputado de Junts– y el diputado de ERC en el Parlament Ruben Wagensberg.
La teniente fiscal ha enviado esta mañana su documento a la Sala Segunda del Supremo, en el que también solicita que se declare la falta de competencia del tribunal para llevar a cabo la investigación o enjuiciamiento de las personas investigadas que no son aforadas.
Para Sánchez-Conde, a día de hoy no existen indicios como para afirmar que Puigdemont participase en la fundación o planificación de las acciones de ‘Tsunami Democràtic’ y considera que el juez que instruye el caso en la AN, Manuel García Castellón, «se limita a efectuar conjeturas carentes de base fáctica» al pedir al Supremo que lo investigue.
«PUIGDEMONT NO LIDERABA ‘TSUNAMI»
«El examen pormenorizado de los indicios afirmados por el magistrado instructor revela que en realidad nos hallamos ante meras conjeturas o sospechas que no permiten la atribución de hecho delictivo alguno a Carles Puigdemont, ni tan siquiera con la provisionalidad propia del presente momento procesal», indica.
A su juicio, ninguno de los hechos que se señalan como indicios por el juez apuntan de manera razonable a la participación del expresidente catalán, «pareciendo, más bien al contrario, que descartan dicha intervención».
En este sentido, rebate el argumento del juez de que los mensajes que se hicieron llegar a Puigdemont sobre la constitución de la plataforma independentista le sitúen como líder de la organización.
Según sostiene, tal extremo «puede ser interpretado, con naturalidad, como relevante indicador de la ajenidad del mismo en la constitución de ‘Tsunami’ y la campaña que la misma iba a realizar, por cuanto, de haber participado en su constitución, no habría necesidad de hacerle llegar información al respecto».
«En este momento procesal, de esta captura de pantalla se infiere que Carles Puigdemont no lideraba ni era integrante de la supuesta organización ‘Tsunami Democràtic'», concluye para luego apuntar que de los indicios que recoge el juez se infiere que al expresidente catalán le «preocupaba» la posibilidad de que de los altercados «pudieran llegar a producirse heridos de gravedad o fallecidos».
En cuanto a Wagensberg, sostiene que tampoco hay motivos para que el Supremo lo investigue, señalando que la exposición razonada que García Castellón remitió al alto tribunal para que imputara al parlamentario de ERC y al líder de Junts no está «sólidamente fundada».
Sánchez-Conde asegura que si se leen con atención los mensajes que se le atribuyen a Wagensberg o las conversaciones que se dice que mantuvo con otros implicados, lo que se pone de relieve es que «era consultado sobre posibilidades técnicas –comunicados en redes sociales y creación de una APP– para contribuir al lanzamiento del movimiento, sin que el extremo de que fuera consultado permita situarlo en la dirección de Tsunami».
SÍ VE DELITOS EN LA ACTUACIÓN DE ‘TSUNAMI’
En el marco de su informe, la teniente fiscal concluye que los hechos que se le imputan a la plataforma ‘Tsunami Democràtic’ sucedieron «sin que pueda cuestionarse que se produjeron gravísimos incidentes con enfrentamientos con la Policía de importante gravedad, produciéndose lesiones y graves daños y los mismos son susceptibles de ser subsumidos en diversos tipos penales».
En este sentido, apunta que «la naturaleza delictiva de las acciones ejecutadas bajo el paraguas o cobertura de ‘Tsunami Democràtic’ no puede ser puesta en duda y ha quedado constatada» en la investigación.
Sin embargo, destaca que el juez no imputa a los investigados la «participación directa» en las acciones llevadas a cabo por «una multitud de personas que no se identifican en la exposición» razonada. Según subraya, «tampoco se afirma que incitasen o planificasen dichos gravísimos incidentes».
INVESTIGACIÓN INSUFICIENTE
Para la ‘número dos’ del Ministerio Público, la exposición razonada que redactó García Castellón «no ha venido precedida de una investigación suficiente para tener por acreditado que ‘Tsunami Democràtic’ fue una ‘organización estructurada, jerarquizada y con vocación de permanencia, dirigida por varias personas’ que tenían por ‘finalidad esencial’ subvertir el orden constitucional, desestabilizar económica y políticamente el Estado y alterar gravemente el orden público».
Insiste en que «nada se especifica» en dicha exposición razonada respecto de esta organización, «desconociéndose todo de la misma, su estructura, sus integrantes, la jerarquía o línea de mando existente, el reparto de funciones».
«Todo ello imposibilita o cuanto menos dificulta individualizar los hechos atribuidos a cada uno de los investigados ya sean aforados o no, en cuanto a su encuadre en la susodicha organización», apunta.
EL DEBATE EN LA FISCALÍA
Sánchez-Conde se pronuncia después de que el fiscal de la Audiencia Nacional Miguel Ángel Carballo –quien ha estado a cargo de la causa– y el fiscal del Supremo Álvaro Redondo –quien presentó un primer informe ante la junta de fiscales de la sección primera de la Sala de lo Penal del TS que fue desestimado por mayoría– hicieran público sus criterios.
Fue el pasado 6 de febrero cuando 15 miembros de dicha junta apreciaron, por 11 votos frente a 4, que había indicios suficientes para proceder contra Puigdemont y contra el diputado del Parlament Ruben Wagensberg –ambos aforados– y, por 12 a 3, que puede haber delitos de terrorismo.
De esta forma, tumbaron el informe redactado por Redondo, que por contra entendió que no hay indicios racionales de criminalidad contra Puigdemont y Wagensberg, y tampoco apreció delitos de terrorismo, sino de desórdenes públicos graves, falsedad documental, coacciones y daños.
Sin embargo, los dos presidentes de la sección primera, Fidel Cadena –uno de los cuatro fiscales del juicio del ‘procés’– y Joaquín Sánchez-Covisa, mostraron posturas enfrentadas: el primero en contra del informe de Redondo y el segundo a favor, lo que propició que fuese su superior jerárquica, Sánchez-Conde, quien tuviese que resolver el conflicto unificando el criterio de la Fiscalía en este asunto.
Para redactar su informe, Sánchez-Conde reclamó a los fiscales del Supremo que se mostraron a favor de investigar a Puigdemont por terrorismo que le facilitaran un documento que recogiese sus conclusiones. Cadena ha presentado el informe de 14 folios en el que defiende la necesidad de imputar al expresidente catalán toda vez que la exposición razonada del juez le señala como líder «absoluto» de ‘Tsunami Democràtic’ por su «patrocinio intelectual y ético».
Ahora que la teniente fiscal del Supremo ha emitido el informe definitivo del Ministerio Público, el texto se elevará a la Sala de lo Penal del Supremo, donde el magistrado Juan Ramón Berdugo será el encargado de estudiar el asunto para después argumentar ante los demás magistrados si procede o no dar curso a la exposición razonada en la que el pasado noviembre el juez García Castellón pidió al alto tribunal que imputara a Puigdemont por terrorismo.