Las empresas de más de 50 trabajadores deberán empezar a negociar en un plazo máximo de tres meses las medidas para garantizar la igualdad de trato y la no discriminación hacia las personas LGTBI, tras la entrada en vigor del reglamento contra el acoso en el trabajo que publica este miércoles el Boletín Oficial del Estado (BOE). La negociación de las medidas planificadas será voluntaria en las empresas de cincuenta o menos personas trabajadoras.
El reglamento, aprobado este martes por el Consejo de Ministros tras el acuerdo con sindicatos y patronal, contiene varias medidas para lograr la igualdad y no discriminación en las empresas y también un protocolo ante situaciones de acoso por orientación sexual e identidad y expresión de género, que se aplicará a toda la plantilla de la compañía. Dicho protocolo también se aplicará a clientes, proveedores y visitas.
Este reglamento se enmarca en la Ley 4/2023 para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, cuyo objeto es desarrollar y garantizar sus derechos erradicando las situaciones de discriminación para asegurar que en España se puedan vivir con plena libertad la orientación e identidad sexuales y la expresión de género y la diversidad familiar.
Según recoge el BOE, la aprobación de la norma «supuso un importante avance en el camino recorrido hacia la igualdad y la justicia social que permite garantizar el derecho a la igualdad de todas las personas, en especial de las personas lesbianas, gais, trans, bisexuales e intersexuales, así como de sus familias».