Las empresas y ONG podrán solicitar desde hoy información de sus empleados al Registro de Delincuentes Sexuales

Redacción

Las ONG, empresas, administracion pública y colegios profesionales podrán solicitar desde hoy directamente al Registro central de Delincuentes Sexuales información sobre empleados que vayan a trabajar con menores de edad, una vez que entre en vigor la reforma aprobada por el Consejo de Ministros y publicada este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Hasta ahora, el certificado negativo de antecedentes penales por delitos sexuales, requerimiento obligatorio para trabajar con niños y adolescentes, solo podía ser solicitado por el interesado. Esta posibilidad se extiende a partir de este jueves a los empleadores, aunque siempre con autorización del trabajador. En caso de que no exista dicha autorización, deberá ser el propio interesado quien se dirija al registro para solicitar el certificado.

La reforma incluye, asimismo, establecer mecanismos para «realizar la comprobación automatizada de la existencia de antecedentes por las administraciones, empresas u otras entidades», según recoge el decreto aprobado por el Consejo de Ministros. Esta reforma se ha introducido al haber detectado el casos de delitos de índole sexual con fecha posterior a la petición del certificado y tiene como objetivo facilitar la información actualizada.

Asimismo, se suprime en el nuevo decreto la obligación de que el Registro Central de Penados y el Registro Central de Sentencias de Responsabilidad Penal de los Menores remitan de forma automática sobre la cancelación de antecedentes penales. Esta comunicación ya no será necesaria al estar conectados los referidos registros y operan la cancelación de forma simultánea. Se procederá también a la equiparación del régimen de cancelación de antedentes penales de cualquier condena fuera de España.

Asimismo, el registro pasará a llamarse a partir de ahora Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos para incluir en él todas las personas condenadas por trata de seres humanos con independencia de la edad de la víctima. Asimismo, los menores que estén edad de trabajar –a partir de 16 años– podrán solicitar directamente el justificante que acredita que no tienen antecedentes penales por delitos sexuales, algo que hasta ahora solo podían efectuar sus padres o tutores.

Otra de las modificacioneds hace alusión al régimen de certificación entre diferentes países de la Unión Europea para lo que se interconectará el registro de antecedentes penales europeo con el español, de tal manera que en un único acto se realiza tanto el trámite en España como en el país europeo que corresponda.

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