Las multas impuestas en las Zonas de Bajas Emisiones pueden seguir siendo anuladas por los jueces

Wenceslao Pérez Gómez

Una reciente sentencia judicial dictada por el Juzgado nº 5 de lo Contencioso-Administrativo de Madrid ha estimado un recurso promovido por los servicios jurídicos de AUTOMOVILISTAS EUROPEOS ASOCIADOS, AEA, en defensa de uno de sus socios, y ha anulado una multa de 200 euros impuesta por el Ayuntamiento de Madrid por ACCEDER A LA ZBEDEP PLAZA ELIPTICA SIN AUTORIZACION en el km. 3,9 de la autovía A-42 y le ha condenado a pagar 300 € de costas, por “inaplicación de la Ordenanza de Movilidad de la ciudad de Madrid”, al considerarla “contraria a la Constitución o a la ley”, y porque el Ayuntamiento de Madrid es “incompetente” para sancionar infracciones en vías que no son de su titularidad.

Se anula la multa a pesar del recurso interpuesto por el Ayuntamiento ante el Supremo

Según AEA, se trata de la primera sentencia dictada por un juzgado madrileño anulando una multa impuesta a un conductor en una Zona de Bajas Emisiones (ZBE), después de que el Ayuntamiento de Madrid decidiera recurrir ante el Supremo la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que las anuló y sobre el que el Alto tribunal aún no se ha pronunciado sobre su admisión.

No obstante, el Juzgado nº 5 de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, con independencia de lo que decida el Supremo, ha anulado la multa de 200 € impuesta y ha condenado con 300 € de costas al consistorio madrileño en base a que “El Juez puede dejar de aplicar una disposición de carácter general cuando sea contraria a la Constitución o a la ley.”, contemplado en el art. 6 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

El Ayuntamiento de Madrid es incompetente para sancionar infracciones en la A-42

Igualmente, la sentencia declara la nulidad de la sanción impuesta en base a que “la zona de bajas emisiones en Plaza Elíptica está mal señalizada, es una carretera nacional de titularidad estatal donde el ayuntamiento ni tiene competencias para su mantenimiento ni para sancionar, y el conductor no tiene posibilidad de dar la vuelta o retroceder, por lo que la propia vía te conduce a atravesar la zona de bajas emisiones.”

La sentencia invalida los argumentos municipales utilizados para justificar la imposición de cientos de miles de sanciones ilegales

Para el presidente de AEA, Mario Arnaldo, “esta sentencia constituye un importante éxito jurídico de los servicios de su organización porque, en contra de lo manifestado por el Concejal Delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid, señor Carabante, en el Pleno del Ayuntamiento del Ayuntamiento de Madrid del día 27/9/22 para justificar la imposición de cientos de miles de multas ilegales en el túnel de Plaza Elíptica, declara con absoluta claridad que el Ayuntamiento de Madrid no tiene competencias para sancionar infracciones cometidas en vías que no son de su titularidad, como ocurre con la autovía A-42.”.

Innovadora sentencia para impedir estrategias dilatorias de la Administración

“Pero sobre todo –añade Arnaldo- esta sentencia constituye un importante precedente judicial por cuanto de forma muy bien fundamentada se anula una sanción impuesta en base a una ordenanza que es contraria a la Constitución o a la ley y frustra la utilización abusiva de los recursos de casación ante el Tribunal Supremo por parte de la Administración, como estrategia dilatoria para seguir recaudando multas de dudosa legalidad, que luego no devuelve.”

AEA aconseja recurrir las multas

En efecto, el pasado mes de septiembre diversas autoridades municipales ya anunciaron que “El Ayuntamiento no devolverá el dinero de las multas de las ZBE de Madrid aunque lo tumbe el Supremo”.

Por ello AEA ha venido recomendando a los automovilistas afectados que a pesar del recurso de casación interpuesto ante el Supremo recurrieran todas estas multas y agotaran todas las posibilidades de defensa contra unas sanciones de dudosa legalidad.

Desde septiembre de 2021 hasta febrero de 2024, según datos obtenidos del portal de transparencia del Ayuntamiento de Madrid, el consistorio madrileño ha impuesto más de 1.760.000 multas, por un valor económico de más de 330 millones de euros. Multas que, según AEA, deben ser anuladas y devuelto su importe de aquellas que ya se hubieran cobrado.

“Porque a pesar de lo manifestado por los responsables municipales, si el Supremo inadmite el recurso que han presentado–concluye Arnaldo- el Ayuntamiento de Madrid no sólo tiene que anular todas las multas pendientes sino que tiene que devolver a los automovilistas hasta el último céntimo de lo que ha estado cobrando injustamente durante todos estos años.”

 

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