Los conductores que no controlen el coche se enfrentan desde hoy a una multa de hasta 100 euros

Wenceslao Pérez Gómez

Incumplir la obligación de los conductores de estar en todo momento en condiciones de controlar su vehículo es desde este miércoles una infracción leve sancionada con una multa de hasta 100 euros.

Ésa es una de las pocas medidas que entran hoy en vigor de la 19ª reforma de la Ley sobre Tráfico, Vehículos a Motor y Seguridad Vial, cuyo grueso estará vigente el próximo 21 de marzo, como el adiós al margen de 20 km/h para adelantar en carreteras convencionales, tasa cero de alcohol para conductores menores de edad, fuera los patinetes eléctricos de las aceras y casco obligatorio para los usuarios de estos vehículos de movilidad personal.

El texto, recogido por Servimedia, incluye tres nuevas infracciones leves (multa de hasta 100 euros), que entran en vigor este miércoles. Una de ellas es “incumplir la obligación de los conductores de estar en todo momento en condiciones de controlar su vehículo”. Esa infracción suaviza una enmienda presentada por Esquerra Republicana-EH Bildu en el Senado que pretendía prohibir el hecho de fumar conduciendo.

Las otras dos nuevas infracciones leves son no pagar el peaje, la tasa o el precio público cuando sean exigibles y que los ciclistas incumplan las normas de seguridad vial que no sean graves o muy graves.

Además, entra en vigor hoy que un conductor con pérdida parcial de puntos por cometer infracciones muy graves pueda recuperar el crédito inicial de 12 puntos si han pasado dos años sin que haya sido sancionado en firme en vía administrativa por la comisión de infracciones que lleve aparejada la pérdida de puntos.

También entran en vigor este miércoles aspectos relacionados con el intercambio transfronterizo de información sobre tráfico entre países, algo obligado por normativa comunitaria.

21 DE MARZO

Las demás novedades estarán vigentes el próximo 21 de marzo, tres meses después de la publicación de la norma en el Boletín Oficial del Estado (BOE), lo que sucedió este martes.

Así, en materia de permiso por puntos, conducir sujetando el teléfono móvil con una mano supondrá seis puntos menos (en vez de los tres actuales) y no llevar puesto el cinturón de seguridad, la sillita infantil, el casco y otros elementos de seguridad restarán cuatro puntos (en lugar de los tres de ahora).

Además, los conductores que sean cazados poniendo en riesgo, entorpeciendo o adelantando a ciclistas en una carretera sin mantener la distancia de seguridad de al menos 1,5 metros perderán seis puntos en el carné de conducir. Y se unifica en dos años el plazo sin cometer infracciones para recuperar el saldo inicial de 12 puntos siempre que no se hayan perdido todos.

En materia de infracciones, son muy graves (multa de 500 euros) usar dispositivos de intercomunicación no autorizados en exámenes para obtener o recuperar el carné de conducir, arrojar a la vía objetos que puedan producir incendios o accidentes, e incumplir las normas sobre auxilio en las vías públicas y sobre el uso de alcoholímetros antiarranque.

Se consideran infracciones graves (200 euros de multa) parar o estacionar el carriles o vías ciclistas, llevar en el vehículo mecanismos de detección de radares o cinemómetros -es decir, no basta con usarlos, sino simplemente tenerlos-, conducir teniendo el permiso suspendido como medida cautelar y que motoristas o ciclistas usen el teléfono móvil sujetándolo con una mano o ajustándolo entre la cabeza y el casco.

Y pasan a ser infracciones leves (hasta 100 euros de multa) que los conductores incumplan su obligación de estar “en todo momento” en condiciones de controlar el vehículo y que los ciclistas incumplan normas de seguridad vial que no sean graves o muy graves.

PATINETES, CICLISTAS Y MOTORISTAS

Por otro lado, la ley obligará a que los usuarios de vehículos de movilidad personal lleven casco, saca los patinetes de las aceras y demás zonas peatonales, y aclara que los vehículos no sólo no tienen preferencia en los pasos de peatones -algo ya regulado-, sino tampoco en las aceras y zonas peatonales.

Además, los conductores de coches deben cambiar completamente de carril cuando la calzada tenga más de un carril por sentido para las maniobras de adelantamiento de ciclistas, los usuarios de bicicleta pueden ir por el centro de las vías urbanas por motivos de seguridad y los motoristas pueden llevar intercomunicadores integrados en los cascos.

La norma abre la puerta a regular los controles de alcohol y drogas a conductores profesionales, y que los alcoholímetros antiarranque sean obligatorios en vehículos de transporte de mercancías desde el 6 de julio de 2022.

TASA CERO DE ALCOHOL EN JÓVENES

Por otra parte, los menores de edad tendrán una tasa cero de alcohol como conductores de cualquier vehículo. Los mensajes en paneles de señalización figurarán en castellano y la lengua cooficial en las comunidades autónomas que la tengan y se suprime el margen de superar el límite de velocidad en 20 km/h para coches y motos para adelantar en carreteras convencionales.

Otra novedad es que en las denuncias se reconozca que un empleado público puede controlar zonas de estacionamiento regulado con un número de identificación personal parecido al de los agentes de la autoridad.

La ley establece un marco para los cursos de conducción segura, que ofrecen dos puntos si se aprueban, y el desarrollo de un sistema telemático para que las empresas de transporte conozcan si un conductor profesional de su plantilla tiene puntos en su carné.

Por último, el pulso que mantienen las autoescuelas tradicionales y las digitales por la formación de conductores quedó en tablas en el recorrido parlamentario. El Congreso apuntó que las clases teóricas para obtener el carné de conducir podrán realizarse a distancia y que no es necesario tener un establecimiento físico o local para operar como autoescuela en toda España, algo que tumbó el Senado, que respalda la formación online en los cursos de concienciación y sensibilización si se asegura la interacción entre alumnos y profesores en un aula virtual.

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