Los especialistas de Gescobar Assessors i Consultors hablan sobre el Modelo 721

Remitido

Los ciudadanos se encuentran a la expectativa con respecto a las novedades sobre el Modelo 721, el cual surgió después de que el año pasado se aprobara la Ley de Medidas Antifraude y, como consecuencia, se modificara la Ley Tributaria española.

Este modelo, cuyo contenido precisa la obligación de declarar criptomonedas en el extranjero, ha generado una serie de incógnitas. Por eso, los especialistas de Gescobar Assessors i Consultors se encargan de todo lo relacionado con este tema tan importante para la ciudadanía, que está desorientada y no tiene claro qué procedimientos seguir.

¿Cuáles son las novedades del Modelo 721?

Desde Gescobar Assessors i Consultors indican que quienes han invertido en criptomonedas o tienen pensado hacerlo deben conocer todo acerca de las novedades sobre el modelo 721 en este 2022 para evitar el fraude y la evasión fiscal. 

Uno de los principales aspectos que destacan es que el Modelo 721 está dirigido a todas aquellas personas físicas que tengan más de 50.000 euros en criptomonedas en el extranjero. Además, afirman que el modelo empezará a funcionar durante el 2023, entre el 1 de enero y el 31 de marzo.

Una de las dudas más frecuentes de los clientes es saber qué criptomonedas se encuentran en el extranjero. Por eso, los especialistas aclaran que según la propia Agencia Tributaria, se considera que un activo está en el exterior cuando el individuo, la entidad o el establecimiento que las custodia no esté obligado a declarar en el IRPF, en el impuesto sobre sociedades, sobre el patrimonio o sobre la renta de no residentes.

Para la declaración del Modelo 721, se solicitarán datos como el nombre del contribuyente o razón social, domicilio, número de teléfono, datos de la plataforma que custodia las criptomonedas, código del país de residencia fiscal, clave pública y variación del precio de las criptodivisas de principio a fin de año.

Más información

Los representantes de Gescobar Assessors i Consultors remarcan que hay otros datos que se deben conocer como, por ejemplo, que paralelo al Modelo 721 hay otros dos modelos que se deben declarar a partir de enero de 2023. Manifiestan que se trata de los modelos 172 y 173, que deben ser presentados exclusivamente por aquellas empresas con residencia fiscal en España y que estén relacionadas con operaciones en criptomonedas.

Quienes tienen criptomonedas también deben cumplir otras obligaciones como el IRPF, el Impuesto sobre el patrimonio y el IVA. Quienes aún no tengan claro el Modelo 721 y necesiten una asesoría, pueden solicitar los servicios de Gescobar Assessors i Consultors, donde son expertos en asesoría fiscal, legal y mercantil y donde ofrecen una atención personalizada a la clientela.

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