Notaría Jaime Calvo Francia ofrece asesoría para la cancelación de hipotecas por caducidad

Remitido

A la hora de vender o heredar una propiedad es fundamental asegurarse de que esta cumpla con todos los requerimientos legales, como el levantamiento de la hipoteca. Este paso es clave y debe llevarse a cabo tras realizar el pago de la última cuota de la hipoteca.

La Ley Hipotecaria ofrece diversas alternativas para llevar a cabo este proceso y uno de ellos es la cancelación hipoteca por caducidad. Esta última puede ser establecida expresamente por las partes o por haber transcurrido los plazos legales desde la finalización del plazo de pago fijado en la escritura.

La solicitud de cancelación de hipoteca en estos casos puede resultar un proceso confuso. Por esto, lo más apropiado es solicitar el asesoramiento de especialistas como los de la Notaría Jaime Calvo Francia.

¿Cuándo prescribe la cancelación de una hipoteca?

De acuerdo a lo establecido en la Ley Hipotecaria española, la acción hipotecaria prescribe a los 20 años, que se cuentan desde que puede ser ejercida. En algunos casos, la cancelación registral de la hipoteca puede darse por prescripción, como se estipula en el Código Civil. Sin embargo, es posible que, en ocasiones, este trámite no se realice de forma automática, por lo cual es necesario llevar a cabo el proceso por cuenta propia.

En este contexto, para realizar la cancelación hipoteca por caducidad deben haber transcurrido 21 años desde el momento en que se paga la última cuota. Este plazo permite asegurar que el préstamo no haya sido renovado, ni tampoco se interrumpió el plazo de prescripción o se ejecutó la hipoteca por pago.

Si bien este trámite no es obligatorio, es fundamental si se quiere vender o volver a hipotecar el inmueble.

¿Cómo cancelar una hipoteca por caducidad?

La solicitud de cancelación hipoteca por caducidad debe llevarse a cabo en el Registro de la Propiedad. Por lo general se trata de un trámite gratuito siempre y cuando se cumpla con los requisitos esenciales como lo es acreditar el interés legítimo de la cancelación de hipoteca por caducidad. Este procedimiento debe realizarlo el titular con el derecho sobre la vivienda afectada o los herederos de la misma según sea el caso.

Asimismo, es necesario que hayan transcurrido los 21 años establecidos como plazo por la normativa vigente. El titular debe acudir al Registro de la Propiedad con su documento de identidad. En caso de no poder realizar el trámite por cuenta propia, es necesario autorizar formalmente a una persona para llevar a cabo el proceso.

La Notaría Jaime Calvo Francia cuenta con un equipo de profesionales experimentados en la realización de este tipo de trámite. La destacada experiencia de esta firma es uno de los principales elementos que permiten destacar como una referencia para quienes desean recibir asistencia y asesoría en la solicitud de cancelación hipoteca por caducidad. 

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