La Fiscalía pide nueve años prisión para un inspector jefe de la Brigada de Extranjería del Cuerpo Nacional de Policía de Lugo por tramitar prórrogas de estancia en España con información falsa.
El juicio que lo sentará en el banquillo, junto a un funcionario adscrito a la misma brigada, que además ejercía de abogado, ha sido señalado para los días 13, 14 y 15 de julio a partir de las 10,00 horas en la Audiencia Provincial de Lugo.
Según relata la Fiscalía en el escrito de acusación, recogido por Europa Press, el primer acusado, sin antecedentes penales, desde el 2 de octubre de 2005 ocupaba el cargo de inspector jefe de la Brigada de Extranjería del Cuerpo Nacional de Policía de la Comisaría de Lugo.
La Fiscalía señala que el 21 de abril de 2006 se presentó en la Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía de la provincia de Lugo, mediante impreso oficial, una Solicitud de Prórroga de Estancia a nombre de una ciudadana brasileña en el cual se indicaba como motivo que justificaba dicha petición, conforme al artículo 36 del Reglamento aprobado por R.D. 864/2001, «asistencia médica».
Sin embargo, el Ministerio Público resalta era «plenamente consciente de estar faltando a la verdad» cuando se emitió informe en fecha 20 de abril de 2006, «anterior a la presentación y traslado al mismo de dicha solicitud».
Y añade que en ese informe era «consciente de la falta de aportación de cualquier clase de documentación acreditativa y sin llevar a cabo ningún tipo de comprobación», el acusado «faltó deliberadamente a la verdad, al dictaminar en los términos indicados aún cuando no existía ninguna relación de parentesco entre la peticionaria» y la persona que constaba en el documento. Además, «la solicitante no residía en la localidad de Lugo y, por tanto, mucho menos en el domicilio indicado» y «no constaban datos sobre la titularidad de la vivienda».
Asimismo, la Fiscalía resalta que «no existía medio acreditativo alguno, ni se llevó a cabo comprobación alguna acerca de la necesidad de asistencia médica de la peticionaria» y no consta «siquiera, informe médico alguno».
Lo mismo hizo con otra petición presentada el 22 de abril de 2009 en la Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía de la provincia de Lugo, mediante impreso oficial, por otra ciudadana brasileña, firmada el 21 de abril de ese año, en el cual se indicaba como motivo que justificaba dicha petición «enfermedad».
FUNCIONARIO
En cuanto al otro acusado, sin antecedentes penales, la Fiscalía indica que cuando sucedieron los hechos que se juzgan ostentaba la condición de funcionario de la Administración General del Estado adscrito a la Brigada de Extranjería de la Comisaría de Lugo y ejercía, además, como abogado.
«Dicho acusado tenía concedido como funcionario el reconocimiento de compatibilidad por parte del Ministerio de la Presidencia para el ejercicio de la abogacía desde el 21 de septiembre de 1992, con exclusión expresa de toda actuación que pudiera incidir en los artículos 1.3, 11.1 en relación con el artículo 9 del Real Decreto 598 /1985 de 30 de abril, y el 12.1. a) de la Ley 53 /1984 de 26 de diciembre, y en cualquier acto o gestión, bien sea ante los Tribunales o fuera de ellos, que coincida con el horario del puesto de trabajo público», ha señalado.
Como funcionario de la citada Brigada de Extranjería de la Comisaría de Lugo, formaba parte de la sección administrativa, encargada de la recepción y tramitación de todo tipo de documentación en materia de extranjería, tales como certificaciones de residencia, solicitudes de residencia, solicitudes de prórrogas de estancia, residencias comunitarias, expedición de tarjetas de residencia, autorizaciones de regreso, cartas de invitación, certificados y asignación de NIE, informes de nacionalidad y otros.
En ocasiones elaboró en diversas materias borradores de informes y borradores de resoluciones para su posterior firma por el jefe de la Brigada o el comisario jefe. Igualmente, el acusado procedía a la notificación de las resoluciones recaídas en materia de prórroga de estancias y tarjetas de estudiante.
Como funcionario de dicha Brigada, la Fiscalía destaca que «el acusado tenía acceso por si mismo o a través de otros miembros, a las aplicaciones informáticas de uso policial con las que operaba dicha oficina, asimismo, grabar datos.
Pese a lo anterior, al margen de su actuación como funcionario adscrito a la citada Brigada, el acusado ejerció como abogado particular en la misma localidad de Lugo, al menos durante hasta finales del año 2009, asesorando profesionalmente a diversas personas en materia de extranjería y sobre asuntos que eran objeto de tramitación en esas mismas dependencias policiales.
La Fiscalía señala que llegó, en ocasiones, a «captar o intentar captar como clientes en dichas instalaciones públicas a diversas personas que acudían a las mismas, ofreciéndose como abogado o, incluso, invitándoles a cambiar el que tenían por él mismo». En ocasiones, dicha actividad era llevada a cabo por el acusado a través de otros letrados de su elección a los cuales remitía expresamente a dichos clientes.
Por otro lado, dicha actividad profesional como abogado particular era ejercitada por el acusado frecuentemente durante el horario del puesto de trabajo público como funcionario de la Brigada en la que estaba.
Asimismo, la Fiscalía resalta que este acusado, «obrando con ánimo de lucro, se aprovechó de la capacidad de acceso, por si mismo o a través de otros funcionarios, a las bases de datos y aplicaciones informáticas de uso policial», a cuyos datos sólo podían acceder los funcionarios policiales mediante el correspondiente password o contraseña y para uso en relación a su función, «obteniendo en ocasiones información derivada de las mismas de interés para dicha actuación profesional privada».
En su escrito, asimismo, el Ministerio Pública resalta que el periodo de instrucción sumarial de las actuaciones «se ha prolongado en el tiempo como consecuencia de la complejidad y volumen de las mismas, produciéndose a lo largo de su tramitación diversos periodos de paralización o inactividad procesal no justificados».
PENAS
Por todo ello, para el inspector jefe la Fiscalía pide cuatro años y seis meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo, 12 meses de multa con una cuota diaria de 50 euros, y responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas e inhabilitación especial para cargo público por tiempo de tres años y seis meses, por cada uno de los dos delitos de falsedad en documento público u oficial, lo que suman nueve años de prisión.
Y para el funcionario acusado reclama 18 meses de multa con una cuota diaria de 50 euros, lo que suponen 900 euros, y responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, así como inhabilitación especial para de empleo o cargo publico por tiempo de dos años, por el delito de negociaciones prohibidas a funcionarios.
Asimismo, para el segundo acusado reclama la pena de inhabilitación especial para de empleo o cargo publico por tiempo de tres años, por el delito de negociaciones prohibidas a funcionarios en su modalidad de uso de secreto o información privilegiada.