La Fiscalía de Madrid solicita 10 años de inhabilitación para cinco miembros de una comisión de selección de plazas en la Universidad Complutense de Madrid por la presunta comisión de un delito de prevaricación.
Los acusados son José María M. G., Blanca F. G., Rafael B. P., Rosa María M. M. y Lorenzo A. Serán juzgados el próximo martes en la Audiencia de Madrid.
El represente del Ministerio Público les acusa de haber impedido que un profesor obtuviera su plaza al negarse a cumplir los criterios de baremación que hasta en tres ocasiones le había indicado la Comisión de Reclamaciones del rectorado.
Los cinco acusados eran miembros de la Comisión de Selección para la provisión de nueve plazas de profesor asociado convocadas a concurso público para el área de conocimiento de Estomatología adscrita al Departamento de Estomatología III de la Universidad Complutense de Madrid.
Según la Fiscalía, «prescindiendo de los criterios de baremación establecidos y «vulnerando los principios de mérito y capacidad» trataron de impedir el acceso a la plaza de uno de los concursante otorgándole una puntuación de 4,716 «insuficiente» para acceder a las citadas plazas y dejando vacante una de ellas en la primer convocatoria y dos en la segunda.
Del escrito de acusación se desprende que la calificación del aspirante a la plaza «supuso una modificación de la valoración que desde 2005 había merecido el candidato, quien venía impartiendo clases como profesor asociado al Departamento de Estomatología de la Facultad de Odontología de la UCM en las asignatura de Cirugía Bucal I y II».
Esto se produjo al habérsele adjudicado plaza en las sucesivas convocatorias, «con puntuación de 8,80 en la correspondiente al año 2005; 7,186 en la correspondiente al año 2008; y 8,219 en la correspondiente al año 2011, pese a que otros candidatos concurrentes con él en dichas convocatorias sí la mantuvieron».
El interesado formuló una primera reclamación ante la Comisión de Reclamaciones del Rectorado que fue estimada mediante en lo relativo a la experiencia profesional en el ámbito en que se convocaba la plaza.
Sin embargo el 12 de febrero de 2015 se realizó una nueva propuesta para la provisión de las plazas descritas, asignando al recurrente una puntuación de 4,216. Ello motivó una segunda reclamación que también fue estimada «por haberse modificado la forma de valorar los méritos de los candidatos».
El 3 de julio de 2015 se realizó una segunda propuesta de provisión en la que se asignó al interesado una puntuación de 4,338 puntos. La decisión fue recurrida de nuevo y estimada por la Comisión del Reclamaciones por no haberse valorado suficientemente la experiencia profesional del candidato y ser incorrecta en lo relativo a la experiencia docente e investigadora, lo que daría lugar a la asignación automática de la plaza al reclamante.
La Comisión de Reclamaciones estimó que la Comisión evaluadora había tomado su decisión «con manifiesto desprecio a las indicaciones del Rectorado» ya que se negó a aplicar los criterios que se le habían indicado.
«Con esta actuación, los acusados impidieron a J.C.S. no sólo acceder a la plaza sino también concurrir a la promoción de profesor asociado a profesor contratado doctor, pese a que en la propuesta de candidatos elaborada por el Rectorado en fecha 29-7-2014 se le había asignado la mejor puntuación de la Facultad de Odontología y la cuarta mejor de toda la Universidad», recoge el fiscal.