El arraigo familiar en España es un mecanismo legal que permite a determinados extranjeros obtener un permiso de residencia por circunstancias excepcionales. Se trata de una vía fundamental para regularizar la situación de personas con vínculos directos con ciudadanos españoles, facilitando su permanencia en el país y su acceso al mercado laboral.
Con la reforma del Reglamento de Extranjería, que entrará en vigor en mayo de 2025, se introducirán modificaciones significativas en la normativa, especialmente en lo referente a la reagrupación de ascendientes y la nueva figura de Residencia Temporal de Familiar de Español. Ante estos cambios, se recomienda conocer con antelación los nuevos requisitos para evitar dificultades en la tramitación.
Legalcity, despacho especializado en extranjería, ofrece asesoramiento profesional en este ámbito, garantizando un proceso adaptado a las exigencias normativas actuales y futuras.
Requisitos y documentación para el arraigo familiar en España
El arraigo familiar es una autorización de residencia por circunstancias excepcionales con una duración inicial de un año. Para obtenerlo, es necesario cumplir requisitos como no ser ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea, carecer de antecedentes penales en España y en los países de residencia anteriores y no tener prohibida la entrada en territorio español. Además, resulta imprescindible demostrar el vínculo familiar con un ciudadano español, aplicable a progenitores de menores españoles con quienes convivan o sobre los que ejerzan responsabilidades parentales, cónyuges o parejas de hecho registradas, hijos de padres originariamente españoles o ascendientes y descendientes a cargo de un ciudadano español o su pareja registrada.
Para tramitar la solicitud, se debe presentar un formulario oficial acompañado de documentación complementaria, como el pasaporte vigente, certificados de antecedentes penales y documentos acreditativos del vínculo familiar. Además, se debe abonar la tasa correspondiente para la tramitación del expediente.
Dado que la reforma del Reglamento de Extranjería introduce nuevas condiciones para ciertos colectivos, se recomienda anticiparse en la gestión de los trámites y evitar posibles restricciones derivadas de los cambios normativos.
Cambios normativos y nueva autorización de residencia para familiares de españoles
A partir del 20 de mayo de 2025, el arraigo familiar dejará de aplicarse a los familiares de ciudadanos españoles, quienes deberán acogerse a la Residencia Temporal de Familiar de Español. El equipo jurídico de Legalcity explica que una de las modificaciones más relevantes afecta a la reagrupación de ascendientes, imponiendo criterios más estrictos.
En adelante, los progenitores de ciudadanos españoles solo podrán obtener la residencia si demuestran dependencia económica mediante el envío de remesas equivalentes al 51% del PIB per cápita del país de origen, si presentan dependencia física o pertenecen al mismo núcleo familiar, si superan los 80 años o si padecen una discapacidad que requiera apoyo para el ejercicio de la capacidad jurídica.
El nuevo marco normativo también introduce un proceso híbrido que combina la autorización de residencia con la tramitación de visado. Este cambio implica una mayor complejidad en los procedimientos, por lo que contar con un acompañamiento legal adecuado se vuelve esencial para garantizar el éxito de la solicitud. Legalcity destaca la importancia de actuar con previsión y contar con orientación profesional para evitar contratiempos en la regularización de la situación migratoria.
Para facilitar este proceso, el despacho pone a disposición su Servicio de Asesoría, que permite a los interesados acceder a consultas ilimitadas con abogados expertos en extranjería, recibir asesoramiento personalizado y gestionar los trámites con total seguridad.
Con la inminente entrada en vigor de la reforma del Reglamento de Extranjería, planificar con antelación cada paso del procedimiento es clave para garantizar la residencia legal en España antes de que los requisitos se vuelvan más exigentes.