a que disfrutábamos en 2019 y vuelve a no ser obligatorio el empleo de las mascarillas en los espacios interiores; un hito teniendo en cuenta los dos últimos años que llevamos.
Para ello, el Consejo de Ministros ha aprobado este martes un decreto que entra hoy en vigor y por el que el uso de las mascarillas dejará de ser obligatorio en gran parte del ámbito cerrado. No obstante, sí que seguirá siendo obligatoria en centros sanitarios y en el transporte público, por ejemplo, y además recomendable si vamos a visitar a personas vulnerables frente la COVID-19, en sitios con aglomeraciones, o bien si presentamos una patología respiratoria, entre otros.
No hay que olvidar tampoco que la incidencia de casos de infección por el coronavirus SARS-CoV-2 está de nuevo en alza, más después de la Semana Santa donde ha tenido lugar el traslado y contacto de numerosas personas.
Para verlo todo un poco más en detalle entrevistamos en Infosalus al doctor Juan Antonio Sanz Salanova, portavoz de la Sociedad Española de Medicina Preventiva, Salud Pública y Gestión Sanitaria (SEMPSPGS), quien recuerda que, efectivamente, a partir de este miércoles 20 de abril ya no será obligatorio el uso de mascarilla en las zonas interiores, salvo en los centros sanitarios como hospitales, centros de salud, centros de transfusiones, así como en las farmacias.
Será obligatoria igualmente la ‘cubrebocas’ en las residencias de mayores, según continúa, o en todos los medios de transporte público (avión, tren, autobús, metro, barco…), recuerda el también especialista en Medicina preventiva y salud pública del Hospital de Laredo en Cantabria.
En el ámbito laboral subraya que serán las empresas, en coordinación con los servicios de prevención de riesgos laborales, las que deben decidir sobre el uso de las mascarillas en el lugar de trabajo.
DÓNDE ES RECOMENDABLE LLEVARLA
A juicio de este experto en Medicina Preventiva y Salud Pública puede ser recomendable su uso además en los casos de infección COVID-19 y hasta que por lo menos la persona lleve 3 días sin presentar síntomas (ni tos, ni mocos, etc).
A su vez, recuerda la costumbre de los asiáticos de llevar el ‘tapabocas’ en los casos en los que haya patologías respiratorias: «Creo que el objetivo de la mascarilla en las personas con patología respiratoria es una medida positiva que ha llegado para quedarse. Aunque desaparezca la pandemia, que de momento no ha desaparecido, las personas se pueden beneficiar del uso de la mascarilla si tienes alguna infección respiratoria, como catarro, o gripe. En España y en Europa tenemos la costumbre de ir a trabajar acatarrados cuando esto tiene consecuencias».
Igualmente, el doctor Sanz Salanova sugiere que lo idóneo, en el marco de la prudencia, es emplearla también en grandes aglomeraciones, o si se va a visitar a personas vulnerables, o bien en sitios cerrados y con poca ventilación «porque todavía hay riesgo de contagio».
ES PRECIPITADO SUPRIMIRLA EN INTERIORES
Con ello, el portavoz de la SEMPSPGS advierte de que «está subiendo la incidencia» de infectados por COVID-19 actualmente, a la espera de conocer el impacto de la Semana Santa, donde se han producido muchísimos viajes e interacciones entre personas. Ve en consecuencia precipitada su supresión en espacios cerrados; una obligatoriedad que solo mantienen Italia y Portugal en los países de nuestro entorno.
«Para los técnicos siempre es precipitado suprimir la mascarilla con una incidencia relativamente alta (…), pero en algún momento hay que tomar una medida. Sí que hay que decir que a la hora de la verdad en nuestro país ya no se utilizaba en determinados ámbitos cerrados de mucho riesgo, como por ejemplo en los locales de hostelería, donde la gente utiliza la mascarilla para entrar, salir, e ir al baño solo, y en el resto no, teniendo en cuenta además que ya no hay restricción de aforos; o en el ocio nocturno, así como en los eventos deportivos cerrados donde ya no se empleaba», sostiene el experto.
En última instancia, el doctor recuerda que estas medidas se fijan por parte de las autoridades a la expectativa de la evolución de la pandemia, de forma que todo puede volver a cambiar, o no, en próximas semanas. «Habrá que ver atentamente los datos de incidencia en estas próximas semanas para ver si la medida es definitiva o hay que volver a la casilla de salida», sentencia el especialista en Medicina Preventiva y Salud Pública.
¿QUÉ DICE EL REAL DECRETO?
– Continuará siendo obligatoria en centros, servicios y establecimientos sanitarios, como hospitales, centros de salud, centros de transfusión o farmacias, tanto para las personas que trabajen en ellos, como para los visitantes. La excepción es que no será obligatoria para las personas que se encuentren ingresadas cuando permanezcan en sus habitaciones.
– Asimismo seguirá siendo obligatorio el uso de mascarillas en centros sociosanitarios, como residencias de mayores, tanto para las personas que trabajen en ellos, como para los visitantes. No así, para las personas residentes.
– Se mantiene igualmente la obligatoriedad del uso de las mascarillas en el transporte aéreo, por ferrocarril o por cable y en los autobuses, así como en los transportes públicos de viajeros. También en el caso de los espacios cerrados de buques y embarcaciones en los que no sea posible mantener la distancia de 1,5 metros, salvo en los camarotes, cuando sean compartidos.
– Aunque el uso de la mascarilla no será obligatorio, se sigue aconsejando un uso responsable en eventos multitudinarios y aglomeraciones, así como en espacios interiores para la población vulnerable en general -personas mayores de 60 años, mujeres embarazadas o personas inmunocomprometidas, entre otros colectivos-, y en entornos familiares y reuniones o celebraciones privadas, en función de la vulnerabilidad de los participantes.
– Queda suprimida la obligatoriedad del uso de mascarillas en el ámbito escolar, y también se recomienda un uso responsable de las mismas por parte del profesorado con factor de vulnerabilidad.
– En el entorno laboral, de manera general, no resultará preceptivo el uso de mascarillas. No obstante, la evaluación de riesgos del puesto de trabajo será la que permitirá tomar una decisión sobre las medidas preventivas adecuadas que deben implantarse, incluido el posible uso de mascarillas.