La Ley de Segunda Oportunidad es un recurso a disposición de particulares y autónomos que no tienen solvencia para saldar sus deudas. Una vez iniciado el procedimiento, si no se llega a un acuerdo extrajudicial de pagos, un abogado de Libertad Sin Deudas puede solicitar la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI). Este procedimiento extraordinario ofrece la posibilidad de cancelar definitivamente todas las deudas impagables.
En Libertad sin Deudas son mediadores concursales y han resuelto con éxito cientos de casos. Prácticamente, la totalidad de los clientes que confían en ellos han obtenido una resolución positiva por parte del juzgado correspondiente. A continuación, los profesionales contarán cómo llegó a Libertad Sin Deudas y cómo se solucionó el caso de uno de sus clientes.
Una situación desesperada
Ramón, nombre ficticio del cliente, contactó con Eloy Rodríguez, experto en Ley de Segunda Oportunidad, porque estaba atravesando unas circunstancias realmente difíciles. Este ingeniero de 52 años, divorciado y con dos hijas, era asesor energético. A consecuencia de la pandemia permaneció durante meses sin poder realizar su actividad laboral y la solución temporal que encontró para hacer frente a sus obligaciones fue solicitar un préstamo ICO. Durante un tiempo, empleó la cuantía del préstamo para pagar la pensión de alimentos y sufragar sus propios gastos.
Pasado un tiempo, se encontró ante la imposibilidad de abonar las cuotas del préstamo ICO, las mensualidades del alquiler y la deuda con la Agencia Tributaria. Las demandas se sucedían una tras otra y se encontró con las cuentas bancarias bloqueadas.
La luz al final del túnel
Por mucho que se esforzase, Ramón no encontraba la forma de resolver esta situación tan acuciante. Esta fue la razón por la que decidió concertar una cita con Libertad Sin Deudas en Girona y exponer su caso. Tras reunirse con su abogado para solicitar asesoramiento, este le explicó que reunía los requisitos que establece la normativa vigente para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad. En esos momentos, el importe total de su deuda ascendía a 34.973,08 euros, de los cuales una parte correspondía a impagos con Hacienda.
La empresa inició rápidamente el procedimiento para solicitar la exoneración, ya que su situación personal y laboral le imposibilitaba para saldar sus cuentas pendientes.
Exoneración provisional y plan de pagos
El juzgado que atendió su caso concedió la exoneración de los créditos ordinarios y subordinados pendientes a la fecha de conclusión del concurso, exceptuando los créditos públicos y por alimentos. La deuda con la Agencia Tributaria ascendía a 20.125,90 euros, de los que se exoneró el 50 %. Para los restantes 10.062,95 euros se acordó un plan de pagos a cinco años con unas cuotas de 167,72 euros al mes. De esta forma, el pasivo que no haya sido exonerado podrá serlo si Ramón cumple con el plan de pagos. También se concede la cancelación si acredita que no puede cumplir con el plan de pagos y destina al mismo, al menos, la mitad de los ingresos percibidos durante cinco años desde la concesión provisional del beneficio.
Libertad Sin Deudas presentó la documentación para iniciar el procedimiento el 12 de noviembre de 2021. El 27 de abril de 2022, el juez dictó el auto del beneficio de exoneración provisional del pasivo insatisfecho.
En menos de seis meses, Ramón pasó de una situación realmente angustiosa a cancelar la práctica totalidad de sus deudas.
Cualquier persona también puede recuperar la tranquilidad de vivir sin acreedores llamando a la puerta, contactando con los abogados especializados en la Ley de Segunda Oportunidad y contándoles su caso. Libertad Sin Deudas puede ayudar a solucionar problemas de impagos.