Visto para sentencia el juicio por el incidente ocurrido en una tienda de lencería de Valladolid entre una dependienta y una clienta, una mujer transexual, que se han cruzado denuncias, en el caso de la primera sobre la segunda por lesiones y en el de ésta sobre la anterior por delito de odio al no permitirle, supuestamente, que se probara unos sujetadores.
La vista oral se ha celebrado este martes en el Juzgado de lo Penal número 1, donde se ha analizado el incidente registrado sobre las 17.15 horas del día 2 de marzo de 2019 en una tienda de lencería de la capital a la que acudió una mujer transexual, V.E.M, que seleccionó dos sujetadores y se acercó a la dependienta para pedir autorización para probárselos, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.
E.G.T, trabajadora del establecimiento, denegó el permiso tras visualizar que aparentemente se trataba de un varón y que, por política de empresa, no podía acceder a los probadores, ante lo cual la clienta advirtió de que era una mujer y que la iba a denunciar, tras lo cual abandonó el establecimiento.
Sin embargo, pocos minutos después volvió al local para denunciar que estaba siendo discriminada, ya que había visto por internet la política de la empresa. Pese a ello, la dependienta persistió en su negativa, a la vez que ofrecía la hoja de reclamaciones, momento en el que se produjo el incidente–se ha visionado la grabación de la cámara de seguridad–cuando la clienta perdió los nervios y tiró al suelo una columna de bragas.
A LAS MANOS
A partir de entonces se produjo un forcejeo entre ambas que concluyó con el supuesto puñetazo que la trabajadora recibió de la clienta y que ésta justifica en su intento de soltarse ya que que la primera no dejaba de zarandearla.
La dependienta de otro establecimiento cercano, quien se percató de la refriega, acudió en auxilio de su homóloga y entre ambas retuvieron a la clienta hasta la llegada del servicio de seguridad del centro comercial.
Una vez practicadas las distintas pruebas, las partes han mantenido sus peticiones de condena, con la particularidad de que Fiscalía tan solo solicita pena para la clienta, V.E.M, en concreto cinco meses de prisión y multa de 15.000 euros por un delito de lesiones sobre la empleada del establecimiento.
La defensa de la trabajadora coincide con la acusación pública en la tipificación del delito supuestamente cometido por la clienta pero eleva la petición de condena a dos años y medio de cárcel, mientras que la aludida, quien imputa un delito de odio a la trabajadora de la tienda de lencería, E.G.T, solicita para ésta un año y medio de prisión y 700 euros de indemnización por daños morales.